Por distribuir agua contaminada, Assa recibió una multa a valores de 2007
La última vez que un gobierno provincial dispuso actualizar el monto de las sanciones contra la prestadora de los servicios sanitarios el dólar costaba menos de tres pesos con cincuenta. La empresa había sido reestatizada a fines de 2006.
El vacío normativo y la inflación han convertido en absurdas las cifras de las multas que hoy le correspondería pagar a Aguas Santafesinas SA (si el Enress se las pudiera aplicar) por haber distribuido agua contaminada -afortunadamente intomable- en diciembre de 2021 en el barrio Candioti de la ciudad de Santa Fe.
Los montos de una penalización por varios incumplimientos contractuales graves sumarían menos de noventa mil pesos, porque desde 2007 sigue sin actualizarse la escala de sanciones. La legislación vigente (nacida durante las privatizaciones de los '90) dejó la tarea de fijar esos valores al poder concedente, es decir, a los gobiernos provinciales. Sin embargo, a lo largo de los últimos quince años, las tres administraciones del Frente Progresista primero y la actual del Partido Justicialista, no se han ocupado de dotar de multas acordes a la realidad al marco regulatorio.
Por otra parte, como el Ente Regulador de los Servicios Sanitarios está acéfalo desde el pasado 4 de mayo (y el directorio pasado no apuró ese expediente antes de que quedara sin quórum) hoy solo puede conocerse cuál hubiera sido la multa que se le hubiera impuesto a Assa. O la que alguna vez tendrá que pagar, cuando el Enress recupere su capacidad para dictar resoluciones "externas", es decir, del tipo de las que influyen en cuestiones ajenas a la vida interna del regulador (cuestiones laborales, salariales, técnicas y de control de la calidad del agua distribuida).
En rigor, las multas que normalmente el ente puede aplicarle a Aguas son meramente simbólicas ya que -en términos económicos- no son más que un movimiento entre dos cuentas del Estado, es plata que sale de un bolsillo del sector público para volver a otro. No tiene más que secuelas ante la opinión publica: un monto mayor a 90 mil pesos podría dar una dimensión más clara de la gravedad de lo que ocurrió a fines del año pasado en el barrio Candioti, en la red más cercana a la planta potabilizadora desde donde accidentalmente se distribuyó agua no potable, afortunadamente sin que se registren cuadros de usuarios afectados. El aspecto del líquido vital y su desagradable olor lo impidieron.
Un ejercicio matemático sencillo permitiría una actualización según la variación del precio del dólar. Para 2007 llegó a tocar los $ 3,50. Si hoy se dividieran los módicos $ 87.500 de la multa que ni siquiera se ha aplicado por aquella cotización del billete verde, serían 25 mil dólares. Expresado en pesos serían (si se toma el dólar oficial) unos tres millones de pesos; alrededor de cinco millones y medio o seis, si se considera el llamado dólar blue.
Candioti
Las multas por el "incidente" en barrio Candioti tienen un importante valor, aunque no se apliquen, porque están acompañadas (para el día en que el Enress las pueda aplicar) por las razones que justifican las penalizaciones.
Nada casualmente el directorio anterior no llegó a firmar la conclusión del proceso sancionatorio previsto por el marco regulatorio vigente. Vale la pena repasar las infracciones en que incurrió el principal proveedor de los servicios de agua potable y cloacas.
El Enress tiene probado que Aguas incumplió el artículo 36 del Reglamento del Usuario porque no procedió a informar de inmediato a los consumidores a través de medios de comunicación la existencia de anomalías en la calidad de agua. Y tampoco proporcionó información adecuada, veraz y oportuna, cuando se produjo la contaminación. El irrisorio monto por semejantes faltas es de apenas $2.500.
El segundo incumplimiento consistió en no haberle informado al Enress de lo que ocurría, por lo que se le aplica otros $2.500. El tercero, en cambio, pena la omisión que realizó Assa en el proceso de control de calidad de agua establecido por producir la inyección de PAC (Policloruro de Aluminio) directo a la red de agua al no funcionar una válvula de retorno instalada en el sistema; por lo que determinó una multa de $7.500. Además, por no cumplir con los parámetros de calidad establecidos en la Ley 11.220 y los riesgos que implicó para la población lo sucedido se suman otros $75.000.
Mediante el decreto 745 el Poder Ejecutivo Provincial ratificó el Contrato de Vinculación Transitorio entre el Estado y la empresa Aguas Santafesinas SA que firman esa compañía estatal y el ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos y Hábitat. El vínculo contractual "transitorio" se renueva cada año desde que la empresa regresó a manos del sector público en 2006. Sigue pendiente un debate de fondo para la sanción legislativa de un nuevo marco regulatorio.
Una fuente oficial informó a El Litoral que el proyecto de ley que ha preparado una comisión multsectorial, que reunió a funcionarios del ministerio mencionado, a directores y gerentes del Ente Regulador de los Servicios Sanitarios y a altos directivos de Aguas ha logrado unificar posiciones y acordar un texto que está listo para su envío a la Legislatura.