La historia de los decretos que debieron prorrogar la vigencia del "Contrato de Vinculación y del Régimen para el Proceso de Transición" de Aguas Santafesinas y el Estado provincia es, en realidad, la de la falta de consensos -y de voluntad política- para un nuevo marco regulatorio que reconozca el fin de las privatizaciones de los '90 en los servicios de agua potable y cloacas de 15 distritos santafesinos.
El primero de estos contratos provisorios debió ser firmado en medio de una urgencia: el final de la privatización que estaba en manos de una empresa franco-argentina, la ex Aguas Provinciales SA y su reemplazo por Aguas Santafesinas SA, cuyo paquete accionario pertenece al Estado provincial.
El paso que ya en sus últimos meses debió dar el gobierno de Jorge Obeid (1947-2014) fue de carácter político y en términos jurídicos se resolvió con la sustitución de una sociedad anónima de acciones del grupo francés Suez y de otros inversores argentinos por otra SA pero del Estado. Así, en ese esquema que se pensó provisorio, sobrevivieron el marco regulatorio vigente y los roles de controles reservados al Ente Regulador de los Servicios Sanitarios, así como la vigencia de la Ley 11.220 que fue clave para el proceso de privatización de la ex Dipos, que dispuso el gobierno también peronista de Carlos Reutemann (1942-2021).
Los considerandos del decreto que ahora debió firmar Omar Perotti repasan las renovaciones de ese vínculo que no constituye el fondo de la cuestión (que es el marco regulatorio) pero que recuerda que el tema sigue sin haber sido resuelto. Hubo prórrogas en 2009, 2012, 2014, 2016, 2017 y 2020 que fueron incorporando, al patrimonio de la concesión inicial más infraestructura hecha en estos 15 años como los acueductos.
Al gobernador le ha tocado ahora, como a los tres que lo precedieron, firmar decretos que hablan del carácter precario del vínculo entre el concesionario y el concedente, que advierten que lo que se necesita es una nueva ley que reconozca la nueva situación que puede resumirse en el absurdo de que el Enress le cobre multas a Aguas, que también pertenece al sector público.
El debate legislativo pospuesto en estos largos 15 años solo ha mostrado diferencias de opiniones respecto de qué hacer con el Enress y algunas pocas ideas para un marco regulatorio. Nunca hubo debate en las Cámaras y apenas se ha podido avanzar en comisiones fuera de la Legislatura para proponer modelos regulatorios.
Entre otros párrafos, el decreto de Perotti cita -como otros similares anteriores- un dictamen de la Fiscalía de Estado que advierte que "el contrato de Vinculación Transitorio tiene una naturaleza provisoria y que no procede la renovación sine die del mismo, pues al tiempo de dictar la Ley N° 12.516 el legislador tuvo en cuenta y valoró una situación de emergencia para adoptar las medidas de excepción contempladas en el régimen". Esa norma autorizó la transferencia de los activos.
El Ejecutivo vuelve a plantearse en los fundamentos del decreto de renovación la necesidad de la sanción de una "nueva Ley de Saneamiento" y que "se deja constancia que el Plan de Obras e Inversiones del Trienio 2021 – 2023" es parte del acto administrativo.
El vínculo contractual precario limita las facultades regulatorias del Enress, según se encargó de explicar en 2018 el entonces presidente del directorio del ente regulador, Oscar Pintos.
Hoy el Ente no tiene quórum en su directorio, ha quedado acéfalo. Sin embargo, cuando lo recupere, para producir dictámenes no estará en las mismas condiciones con que fue creado.
Pintos dijo a El Litoral en su edición del 5 de enero de 2014 que "este contrato de vinculación transitorio fue pensado para extenderse por tres años y aún sigue vigente, establece algunas limitaciones" sobre el poder regulatorio del organismo.
"De alguna manera -siguió-, está interferida la capacidad de regulación tarifaria", explicó. El Enress queda "limitado a la elaboración de una resolución que no es vinculante" para determinar los aumentos de las tarifas.
Cuatro años atrás, el Enress subrayaba que llevaba demasiado tiempo de reclamar "ir a un régimen definitivo, que es el que va a permitir cumplir al ente con sus verdaderas facultades regulatorias.
En 2007 -tras la salida de Aguas Provinciales- la Provincia debió volver a hacerse cargo del servicio de agua potable y cloacas en 15 distritos, lo que generó un marco legal especial, cuya vigencia debía terminar en 2010.
Por eso, el prestador Aguas Santafesinas SA, una sociedad anónima creada por Ley Nº 12.516 y el Decreto Nº 193 de 2006, no cuenta con las mismas instancias de control previstas para cuando se privatizó el servicio.
El interminable "Régimen para el Proceso de Transición" autoriza al ministro de Infraestructura a suscribir el Contrato de Vinculación con Aguas Santafesinas Sociedad Anónima, cada año, sin que -por ejemplo- la empresa deba cumplir un programa de metas y objetivos, como debió haber ocurrido con la privatización.
Durante el período en que el agua y las cloacas quedaron en manos de una empresa franco-argentina, los sucesivos gobiernos peronistas de Santa Fe aprobaron revisiones contractuales intermitentes, que suspendieron las penalidades por no cumplir con el contrato de concesión, con lo que (salvo en un año) no se alcanzaron las metas y los objetivos previstos por los privatizadores.