Alejandro Tizón: "En momentos de incertidumbre nuestro faro debe ser la Constitución"
Guillermo Di Salvatore El camarista apeló a la formación de un juez humano como marca del siglo XXI, contra la imagen del viejo juez que encerrado atrás de su escritorio .
"El juez del siglo XXI tiene que ser un juez humano", afirma el camarista Alejandro Tizón (63), quien asumió el año pasado la misión de presidir el Colegio Pleno de Jueces Penales de Santa Fe sin saber que lo haría en medio de una pandemia. El magistrado puso de resalto la llegada de la "virtualidad" a la sala de audiencias locales y destacó que "siempre que partamos de este delicado equilibrio entre salud y libertad, no tenemos mejor medida que el Código Penal y la Constitución".
_¿Se puede hacer un balance de Justicia en tiempos de pandemia a cinco meses de decretada la cuarentena?
_Lo importante a destacar es que el sistema penal (primera y segunda instancia) trató de mantener su actividad de manera tal de dar una respuesta acorde a la comunidad. En ese sentido, incluso numéricamente está demostrado, de acuerdo a las estadísticas que se llevan anualmente, que hubo un 20 % más de audiencias y resoluciones, tanto en primera como en segunda instancia, si lo comparamos con el mismo período del año pasado.
No es que lo quiera señalar como una mera propaganda, sino simplemente para demostrar que el sistema penal ha tratado de estar a la altura de las circunstancias, dar respuestas sociales desde el punto de vista del Derecho y de las resoluciones que corresponden penalmente, más allá de esta situación.
La idea fue, al menos desde esta porción de la justicia, que se entienda que el servicio se iba a seguir prestando de la misma manera, teniendo en cuenta a las víctimas.
_¿Ese 20 % de aumento en relación al año pasado, a qué se debe, porque hubo un parate real de casi dos semanas?
_Durante el momento de cuarentena pudo haber disminuido el nivel delictivo, pero no te olvides que nosotros trabajamos no solamente con lo inmediato, sino con procesos anteriores.
_¿O sea que a pesar del contexto de pandemia hubo un 20 % más de actividad respecto del año pasado?
_Exactamente. Me interesa recalcar que a partir del momento que no hubo actividad presencial Santa Fe fue la primer provincia que llevó adelante las audiencias virtuales, en función del trabajo de las Oficinas de Gestión Judicial (OGJ) y de la vocación de jueces y empleados, porque se trabajó con mínimo personal y se mantuvo un nivel acorde a las necesidades.
_A propósito del trabajo virtual: ¿Qué recaudo debe tomar el juez y la OGJ para que esas audiencias sean legales y válidas?
_Obviamente que este fue un camino que se fue llevando adelante en función de acuerdos, con la Defensa Pública, con el MPA, con lineamientos de la Corte Suprema y de defensas particulares a través del Colegio de Abogados. Vale decir, fue necesario un consenso general de todos los intervinientes para traspasar la valla de la legalidad. Una vez que hubo ese acuerdo se trató de que el trabajo sea lo más fiel posible, es decir, que la conectividad sea muy buena, que estén presentes las partes, que no haya inconvenientes y fundamentalmente que todos pudieran tener un cabal entendimiento de lo que cada uno planteaba en el proceso.
_¿Cuál es la percepción de los delitos más comunes durante la pandemia?
_Si bien al principio bajaron los delitos contra la propiedad, el porcentaje se mantiene como en épocas normales. Obviamente debido a una cuestión relacionada a una mayor persecución, vemos que se mantiene dentro de los parámetros más altos lo que tiene que ver con los abusos sexuales y con la violencia de género, también delitos contra la propiedad y homicidios. Probablemente durante los primeros 15 o 20 días (de la cuarentena) haya bajado un poco lo que refiere a delitos contra la propiedad y de violencia, pero desgraciadamente después se siguieron manteniendo como en épocas normales.
_¿Qué mirada tienen de aquí al futuro dentro del Poder Judicial en este contexto de pandemia?
_Probablemente el sistema penal esté sujeto a los avances y retrocesos que se dan a nivel general. Afortunadamente lo que tiene que ver con el trabajo virtual está muy bien aceitado, con lo cual en función de todas las recomendaciones lo estamos haciendo de esa manera. No se suspenden audiencias y creo que en el futuro, más allá de la fase en la que estemos, no creo que haya ningún factor que imposibilite la labor judicial. Está garantizado que la labor judicial se va a seguir prestando.
"La libertad primero"
_¿Como hombre de derecho, qué opinión tiene sobre las restricciones y prohibiciones y sobre todo asociadas a una sanción penal?
_Yo considero que la libertad es un valor superior. Hay quienes discuten (desde la axiología jurídica) si está primero la vida, la libertad, la propiedad? Yo pondría la libertad y vida primero. En ese sentido considero que corresponde aplicar pura y exclusivamente el Código Penal. No podemos ir más allá de lo que dice el Código Penal y ahí está claro cuáles son los delitos que pueden ser sancionados en función de algún tipo de incumplimiento y corresponderá a los jueces interpretar. Otro tipo de herramienta o sanción que no tiene que ver con lo que dice el Código Penal no corresponde.
_¿Eso no significa que esté en contra del DNU presidencial?
_Independientemente del DNU (Decreto de Necesidad y Urgencia) el Código Penal está vigente, entonces si estamos dentro de un contexto de pandemia y alguna persona -por ejemplo-, sabiendo que es portadora de la enfermedad lleva adelante algún tipo de actividad que está prohibida debe ser sancionada, independientemente del DNU. No nos olvidemos que los DNU no pueden intervenir en materias penales, con lo cual siempre que partamos de este delicado equilibrio entre salud y libertad, no tenemos mejor medida que el Código Penal y la Constitución. Eventualmente, si vemos que dentro de alguna normativa no se siguen los lineamientos constitucionales, como jueces tendremos que declarar la inconstitucionalidad. Más allá de las decisiones de tipo política o pragmáticas, como jueces penales a lo único que nos debemos atener es a la ley vigente que es el Código Penal.
Sentido común
_¿Y esto que está pasando en algunas provincias de imposibilidad de contacto entre familiares en situaciones extremas como es la muerte por enfermedad? ¿Qué responsabilidades caben en estas situaciones traumáticas y límite?
_El funcionario cumple una normativa que le están dando desde un nivel superior. No te olvides que a lo mejor se están judicializando temas novedosos, porque no ha habido antecedentes de este tipo. Hay que ir muchos años atrás para encontrar antecedentes relacionados con pestes o pandemia en los tiempos modernos, con lo cual es toda normativa novedosa. Nos encontramos con provincias que toman medidas que a veces se pueden entender que están dentro de la Constitución y a veces no, depende de cada caso concreto. Debería primar el sentido común, pero por lo general no se llega a tiempo para revertir esa norma. No lo estoy justificando, pero no te puedo dar una respuesta desde el punto de vista penal certera y definitiva.
_¿Considera que hubo una exageración del rol del Estado en la tutela de derechos de los habitantes al castigar a quienes infringieron la norma para practicar deportes o reunirse con amigos, por ejemplo?
_La idea a través del Derecho es conciliar una resolución lo más acorde con el momento social que se está viviendo y esto está relacionado a la función que tiene el juez penal actualmente, no sólo por la pandemia. En este caso, hay una sociedad que reclama y un Estado que considera correcto llevar adelante determinadas medidas relacionadas con la salud, que después nos llega como jueces. Por eso el juez del siglo XXI tiene que ser un juez humano. Qué significa un juez humano, por supuesto un juez que conozca Derecho -las nuevas normativas, la jurisprudencia-, pero no el viejo juez que encerrado atrás de su escritorio y en su despacho resolvía las cuestiones conforme lo decía la fría norma. Tiene que ser un juez humano que tenga interpretación interdisciplinaria, con una impronta desde lo psicológico, la psiquiatría, la psicología; y por supuesto un juez que conozca la criminología moderna. Y también un juez que no se ate al precedente, eso es muy importante, porque si bien el precedente da seguridad jurídica, ante una dinámica social tan cambiante, es importante que el juez también pueda hacer otras interpretaciones. Y como en este caso ocurre, nos vamos a encontrar que tenemos que resolver casos sin precedentes.
_¿Eso no se enseña en la facultad?
_Eso no se enseña en la universidad, por eso es necesario un juez que conozca la realidad social. Hoy el juez ya no es sólo un doctrinario, ni un jurisconsulto, hoy debe conocer cuáles son las necesidades sociales y cuáles son los temas que afectan a la realidad social y dar respuestas conforme a derecho, lo cual no significa seguir los lineamientos de la mayoría.
_¿Y cuáles son los límites de ese juez humano?
_Por empezar, un juez que se siente presionado no puede ser juez. El límite de ese juez humano es la interpretación del Derecho acorde a la Constitución. En momentos de incertidumbre nuestro faro tiene que ser la Constitución, que si bien es estática formalmente es dinámica en lo que hace a la interpretación. Hoy no es lo mismo una interpretación que la que pudo hacerse a a principios de siglo XIX. Y en este caso de la pandemia más todavía, y ahí es donde entran en juego estas cuestiones de la libertad, con la seguridad y la salud, entonces el juez debe medir esos tres parámetros en cada caso concreto y resolver en consecuencia.
Perfil
Guillermo Di Salvatore
Foto: Guillermo Di Salvatore
Alejandro Tizón nació en Rosario en 1957. Estudió la carrera de Derecho en Santa Fe, donde se instaló definitivamente en 1983. Tres años más tarde se graduó como abogado en la Universidad Nacional del Litoral (UNL), donde luego fue profesor de las cátedras Derecho Constitucional y Criminología.
También fue diputado provincial (MC) entre 1987 y 1991, período en el que fundó y dirigió el periódico El Pueblo (1988-1991). Escribió libros de su especialidad y dos novelas: Síndrome de Estocolmo (2005) y El Manto de la Infamia (2013).
Ingresó al Poder Judicial de Santa Fe en diciembre de 1991 como juez de Ejecución Penal de Las Flores, donde trabajó hasta ascender por concurso como camarista penal en 2016.
El año pasado fue elegido por sus pares para ocupar el rol de presidente del Colegio Pleno de Jueces Penales de la 1ra. circunscripción y como juez coordinador del Colegio de Jueces de Segunda Instancia de Santa Fe.