El Senado santafesino procuraba en la mañana de este jueves 24 poder avanzar con el tratamiento de un mensaje del Poder Ejecutivo Provincial para eximir del Impuesto a los Ingresos Brutos a los pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado.
El proyecto de la Casa Gris plantea condonar el pago de las cuotas de los meses de abril, mayo, junio, julio y agosto de 2021 pero las modificaciones que por estas horas define el Senado le agregan también el mes de septiembre.
Por otra parte, se estudia agregar a más beneficiarios en la enumeración de las actividades alcanzadas por la ley de excepción, en especial en el área de la salud: los servicios de emergencia.
El tema ingreso a la Cámara alta santafesina a comienzos de junio y cuenta con el compromiso de una preferencia para tratarlo en la sesión. Las negociaciones ya tienen como base un borrador acordado entre los jefes del interbloque del radicalismo y de los dos bloques del peronismo. Además, se informa a diputados de los detalles de los cambios al expediente con la intensión de que también la Cámara baja otorgue un pronto tratamiento y aprobación al asunto. Incluso en esta misma tarde de este jueves 24.
Tenés que leerPreferencia del Senado a eximiciones impositivasEn materia impositiva lo que la ley no ha previsto por escrito no se puede luego añadir, mediante un decreto reglamentario. Por esa razón, tanto en el oficialismo como en la oposición existe el cuidado de que la norma que se apruebe sea revisada a fondo, para no dejar afuera a algún sector que la iniciativa del gobierno no haya contemplado.
En ese sentido, el artículo segundo del mensaje del gobernador Omar Perotti contiene una extensa lista que pone límites a cualquier interpretación.
El texto tal como ingresó a la Legislatura enumera las actividades de: "bares, restaurantes y similares; servicios de alojamiento, hotelería, residenciales, campings y similares: servicios de agencias de viaje y turismo y similares; servicios de transporte automotor de pasajeros para el turismo, de excursiones y similares; servicios profesionales y personales vinculados al turismo; servicios de explotación de playas y parques recreativos: venta al por menor de artículos o artesanías regionales, servicios vinculados a la organización de ferias, congresos, convenciones o exposiciones similares; servicios para eventos infantiles; organización de eventos; servicios de soporte y alquiler de equipos, enseres y sonido para eventos, alquiler temporario de locales para eventos; servicios de peloteros; alquiler de canchas y demás establecimientos para práctica de deportes; jardines maternales, centros de atención de desarrollo infantil, servicios de salones de baile y discotecas, sala de teatros, de cinematografía, eventos culturales, gimnasios, servicios de peluquería agencias de lotería y clínicas y sanatorios privados que presten servicios de internación en la medida que se encuentren domiciliados en la provincia de Santa Fe".
El proyecto contiene además eximiciones en algunos pagos del impuesto inmobiliario urbano de bienes afectados a esas actividades, y ampliaciones de plazos para las regularizaciones tributarias.