El mega DNU rige desde hace un mes: qué se aplica, qué no y qué puede pasar
En el Congreso ensayan intentos para rechazarlo. La Justicia concedió algunas cautelares y rechazó otras, y dictó los primeros fallos en contra. La norma ya está a las puertas de la Corte.
Mientras las disposiciones de la llamada ley ómnibus se discuten en el Congreso, y las que consigan ser aprobadas en ambas cámaras empezarán a regir después de eso, lo que sí está en vigencia es el otro gran corpus normativo dictado por el gobierno nacional: el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, que también abarca un abanico de materias, y modifica, sustituye o deroga más de un centenar de leyes y decretos.
No obstante, es conveniente tener en cuenta una serie de consideraciones que hacen que, por un lado, la norma ya esté operativa y, por el otro, haya sido suspendida en algunas de sus disposiciones (con distintos alcances) y que, a la vez, esté pendiente su tratamiento por parte del Poder Legislativo y aún no haya decisión judicial firme de si supera o no el "test de constitucionalidad".
Punto por punto
En particular, las situaciones que se presentan podrían esquematizarse de la siguiente manera:
- El DNU comenzó a regir el 29 de diciembre pasado, al no necesitar aval legislativo para eso.
- El control parlamentario consiste en la posibilidad de dejarlo sin efecto con posterioridad a su entrada en vigencia, siempre y cuando así lo decidan las dos cámaras del Congreso. Si una sola lo acepta o no se expide, el DNU mantiene su vigencia.
El DNU comenzó a regir el 29 de diciembre pasado.
- El Congreso tiene un plazo de 10 días hábiles para expedirse. Todavía no lo trató, porque no está incluido en el período extraordinario de sesiones y la presidencia del Senado no aceptó el pedido del bloque de Unión por la Patria de considerarlo en una sesión especial.
- EL DNU también podría ser declarado inconstitucional por la Justicia, en su totalidad o en alguna de sus partes; y con alcance general, o para las personas o grupos de interés en cuyo nombre se lo objetó ante los tribunales.
En Tribunales
- Habiendo presentaciones judiciales, y hasta que haya pronunciamientos de fondo, un juez puede hacer lugar al pedido de la parte interesada y suspender transitoriamente la aplicación del DNU en alguna de sus partes.
- En ese sentido, las reformas laborales fueron las más cuestionadas en sede judicial. La CGT y la CTA presentaron acciones de amparo ante el fuero laboral para que se declare la inconstitucionalidad de estas reformas y solicitaron medidas cautelares. El fuero laboral hizo lugar a media docena de presentaciones. En el expediente iniciado por la CGT también hubo un pronunciamiento de fondo: la jueza laboral de feria Liliana Rodríguez Fernández dictó la invalidez de 6 artículos del decreto. En este mismo caso, la Cámara de Apelaciones del Trabajo amplió la declaración de inconstitucionalidad a todo el tramo laboral.
- Otras cautelares se dictaron por planteos de la Asociación Bancaria, la Asociación de Personal Aeronáutico (APA), el Centro de Capitanes de Ultramar y Oficiales de la Marina Mercante y la Federación Única de Viajantes de Comercio de Argentina (FUVA).
- La palabra final en la materia la tiene la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que aún no intervino en ninguno de sus casos, pero está habilitada por distintas vías para hacerlo en algunos de ellos, posibilidad que se abre ahora que terminó la feria judicial. Por un lado, fueron apeladas ante el máximo tribunal las cautelares dictadas en las causas "CGT" y "CTA". Por el otro, la Corte tiene en su órbita la demanda presentada por La Rioja, que solicita la declaración de inconstitucionalidad de todo el DNU. El procurador Eduardo Casal dictaminó recientemente que el caso corresponde a la competencia originaria de la Corte Suprema.
- También tiene pronunciamiento judicial en contra el artículo 154 del DNU que deroga el Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, por el cual se limitaba la adquisición y posesión de tierras en manos de extranjeros. El amparo fue presentado por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM) y concedido el el 29 de enero por el juez federal Ernesto Kreplak.
- La Liga de Fútbol de Salto Asociación Civil presentó un pedido de inconstitucionalidad de 2 artículos del DNU ante el Juzgado Federal de Mercedes: el 335, que indica las organizaciones rectoras del deporte no podrán impedir la afiliación de clubes administrados por SAD; y el 345, que le da un plazo de 1 año a las federaciones y asociaciones para adecuar su estatuto a los términos del DNU. El 30 de enero el juez federal Elpidio Portocarrero Tezanos Pinto concedió la cautelar y suspendió estos 2 artículos del DNU.
- Pequeños productores de la provincia de Misiones presentaron una acción de amparo ante la Justicia de esa provincia para pedir que se declare la inconstitucionalidad de todo lo referido al Instituto Nacional de la Yerba Mate en el DNU, que, entre otras cosas, le quitaba al organismo el rol de fijador de precios. El Juzgado Civil y Comercial N °8 -a cargo de Adriana Fiori- concedió la cautelar y suspendió esos artículos.
- Por otro lado, se dictaron cautelares contra los artículos del DNU que habilitan a las empresas de medicina prepaga a establecer aumentos en las cuotas de sus planes. En la Justicia Federal de San Martín hay 3 cautelares contra aumentos fijados por Simeco, Omint y la Sociedad Italiana de Beneficencia en Buenos Aires. Sin embargo, son demandas de particulares que sólo benefician a quien lleva adelante la acción.
Lo que está en vigencia
La derogación de la Ley de Alquileres, la Ley de Góndolas, la Ley de Abastecimiento y la Ley de Compre Nacional; la transformación de las empresas del estado en sociedades anónimas; los cambios en el Código Aduanero, en el mercado aerocomercial, en el energético, el minero, en el de las agencias de viajes; las modificaciones al Código Civil y Comercial; y las modificaciones en materia de salud, entre otros muchos cambios, están vigentes.
Hay decenas de demandas presentadas en el fuero Contencioso Administrativo Federal, el que trata los expedientes en los que el Estado es parte, en los que se solicita que se declare la inconstitucionalidad de la totalidad del DNU, pero hasta el momento ninguno prosperó.
Advertencia de Mayans
El presidente del bloque de Unión por la Patria (UxP) del Senado, José Mayans, manifestó su "preocupación" porque "está vigente" el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU 70/23) de desregulación económica que el Gobierno envió al Congreso, y sostuvo que esa bancada quiere "sesionar el próximo jueves", por lo que volverán a "solicitar que se llame a sesión" porque "no tiene justificativo la Vicepresidenta (Victoria Villarruel) para demorar el llamado en este tema tan importante".
"Lo que me preocupa es el DNU que está vigente, tiene artículos muy parecidos a la ley ómnibus y le da al Presidente algunas atribuciones especiales. Nosotros le pedimos a la vicepresidenta que llame a la sesión pero ella opina que tienen que pedirlo todos los bloques, no sé de donde saca eso, porque con cinco senadores alcanza", advirtió Mayans en declaraciones a radio AM 750.
El formoseño José Mayans, presidente del bloque de Unión por la Patria. Crédito: NA
El senador afirmó que "queremos sesionar el próximo jueves" y expresó que "vamos a volver a solicitar que se llame a sesión. No tiene justificativo la Vicepresidenta para demorar el llamado en este tema tan importante como es el DNU".
El legislador se refirió así al pedido de sesión especial realizado por los senadores de UxP para tratar el DNU a la vicepresidenta, quien respondió que el kirchnerismo "no maneja más la agenda política" y manifestó que "vamos a sesionar con el acuerdo de todos los senadores y no solo de aquellos que atropellaron las instituciones. El kirchnerismo tiene que entender que hay un cambio de época y que los argentinos eligieron un cambio".
Mayans consideró que al estar vigente el DNU "sigue creando efectos jurídicos, prácticamente está derogando 79 leyes y reformando otras 300 y eso es preocupante".
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