En una suerte de salida salomónica, el juez Martín Torres resolvió una serie de medidas cautelares en el marco de la causa por espionaje ilegal, que dejaron satisfechas a todas las partes. En la investigación ya fue imputado el ex ministro de Seguridad Marcelo Sain y siete de sus ex colaboradores por asociación ilícita. A través de esa organización, según la acusación, cometían otros delitos como malversar fondos y recabar indebidamente y con fines políticos, información sobre empresarios, gremialistas, periodistas, referentes de la oposición y magistrados.
La defensa de Sain había acordado con los fiscales un conjunto de cautelares alternativas a la prisión preventiva. Pero los querellantes -cuatro de seis- reclamaban que el ex funcionario quedase detenido. La controversia quedó saldada este miércoles, después de la audiencia que condujo el juez Torres. El magistrado resolvió rechazar el pedido de prisión preventiva pero optó por medidas más severas a las que solicitaba la defensa, y le prohibió a Sain -también a Germán Montenegro- tanto salir del país como portar armas. Ambos deberán entregar sus pasaportes a la Justicia. Sain estaba dispuesto - y así lo había planteado su defensa- a informar cada viaje al exterior que realizase, y a no ostentar la portación de armas. Pero para el juez no hubo atenuantes y resolvió ambas prohibiciones de manera plena. La resolución dejó satisfecha, entonces, a la querella. También a la fiscalía porque las medidas eran las solicitadas; y a la propia defensa de Sain, ya que éste podrá seguir transitando el proceso en libertad.
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Además de prohibir la salida del país y la portación de armas, el magistrado ordenó a Sain evitar contacto con víctimas y testigos, fijar domicilio, establecer una caución real y designar una persona a cargo.
"Estamos satisfechos porque son las medidas que habíamos solicitado al juez desde la Fiscalía; es un logro", dijo el fiscal Hernández ante la consulta de El Litoral. En tanto, consideró que al haber existido un acuerdo con la defensa con respecto a las cautelares que se solicitarían, ello implica – de parte del imputado- reconocer la materialidad de los hechos. "Así lo entendimos y así lo entendió el juez. Sin embargo, hubo una maniobra de la defensa de intentar plantear a pesar del acuerdo, que estábamos ante conductas atípicas y que había una cuestión de competencia. No conocemos los argumentos del juez pero estamos seguros de que la calificación surgida de la fiscalía es la correcta", aseveró.
Pablo Cocochioni, representante de Maximiliano Pullaro en su carácter de querellante, consideró "razonables" las medidas resueltas por el juez. "Entendemos que se logra una mayor protección de los testigos, de las víctimas y del proceso. Se mitiga el peligro de fuga que para nosotros sigue estando pero consideramos que es razonable cómo se ha conjurado ese peligro procesal. Estamos conformes y adelantamos que no vamos a recurrir la resolución porque nos parece razonable", insistió. El abogado consideró importante la decisión del magistrado de prohibirle la tenencia de cualquier tipo de arma a Sain, puesto que "muchas personas fueron amedrentadas por él colocando el arma sobre el escritorio; de hecho, una de las querellantes (Evelyn Andreozzi) dijo tener miedo… Es una querellante pero las víctimas y testigos que sufrieron hostigamiento son miles", planteó.
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Finalizada la audiencia de medidas cautelares, se realizó la de "competencia" para definir si la causa se sigue tramitando en los tribunales provinciales, o si pasa al fuero federal, como solicita tanto la defensa de Sain como Juan Lewis, defensor de otros cinco imputados. Los letrados consideran que la violación a la Ley nacional de Inteligencia es un delito federal y que en consecuencia, no corresponde ser investigado en el fuero local.
La fiscalía disintió con ello. Para el fiscal Hernández, "está claro que la competencia federal es excepcional y para casos cometidos por funcionarios propios de los diferentes poderes y que afecten a la institucionalidad del país. En los casos que investigamos -sostuvo- eran funcionarios provinciales cometiendo delitos en la provincia y utilizando medios y herramientas provistos por la provincia y contra personas que residen también en Santa Fe, entonces, sin dudas es de competencia provincial. Y está muy bien que las instituciones de la provincia salvaguarden su propia actuación y sancionen a quienes cometen delito en los ámbitos provinciales", concluyó.
En la línea argumental opuesta, Hernán Martínez (padre), defensa de Sain, objetó la competencia provincial y consideró que "no entender eso es ofender la razón; no tiene sustento ni sentido", sentenció. "No quiero ser autorreferencial -aclaró ante una consulta de El Litoral- pero he sido juez federal. Sé muy bien cuáles son los delitos federales y la ley 25.520 (de Inteligencia Nacional) es absoluta y totalmente de material federal. Tiene que entender en esto pero sin ninguna duda, un juez federal y sea quien fuere quien cometa el delito de espionaje. Creo que la confusión puede venir por ahí; cualquier funcionario o no funcionario provincial o de cualquier nivel puede cometer delito de espionaje en la medida que afecte la inteligencia nacional. Y si no afecta la inteligencia nacional, como sucede aquí, entonces directamente no hay delito", planteó.
La decisión de definir la competencia está en manos del juez Patrizi, que resolverá pos escrito en los próximos días.