Alejandro Alberto Cano fue condenado a 8 años de prisión por haber abusado de una menor de 14 en Intiyaco en 2023. El tribunal unipersonal integrado por el juez Gustavo Gon lo halló penalmente responsable del delito contra la integridad sexual de la adolescente, en un juicio oral que comenzó el 12 de noviembre y culminó el mediodía del viernes 22 con la lectura del veredicto condenatorio.
En la mañana del sábado, N. P. S. la madre de la menor contó que el abuso le arruinó la vida a su hija menor de edad: "Tuvo 9 intentos de suicidio, no puede ir más a la escuela, le tienen que dar clases domiciliarias. Vive prácticamente dopada, le hacen bullying. Quería que salga la noticia para tapar muchas bocas que juzgaron a mi hija".
Mirá tambiénReconquista: fue condenado por abuso sexual un jefe de inspectores municipales que era diácono permanente"Quiero que se sepa para que el pueblo deje de estar humillándola, haciéndole bullying, porque ya nos dijo la psiquiatra de Salud Mental que en otro intento no sabemos qué puede pasar", expresó, preocupada.
La sentencia
En magistrado ordenó, en su decisorio, dispuso la extracción de las muestras para lograr la identificación genética del condenado, procediendo a su inscripción en el registro respectivo.
En la audiencia de lectura del veredicto que tuvo lugar en los Tribunales de Vera estuvieron presentes el fiscal del caso Valentín Hereñú, la madre de la menor de 14 años víctima del ultraje sexual y el defensor público Matías Daruich.
Durante el juicio, el representante del MPA señaló que “minutos después del abuso, la víctima le contó a sus amigos lo que había pasado” y valoró que “al día siguiente también se lo contó a su madre, con quien acudió a realizar la denuncia de forma inmediata”.
Relación forzada
El hecho ocurrió en horas de la noche del 5 de julio de 2023, en una casa ubicada en la zona urbana de la localidad de Intiyaco (Dpto. Vera) donde residía Cano. En esa morada, de acuerdo a la acusación del ministerio público fiscal, abusó de la adolescente accediéndola carnalmente.
El condenado se valió de la presencia en su domicilio -junto a una sobrina suya- de la chica, que había llegado junto a una sobrina suya “consistiendo la secuencia en haber aprovechado que su sobrina se había ido al baño para entrar a la habitación donde estaba M., haber cerrado la puerta, haber apagado la luz y haber obligado a la niña” a mantener la relación sexual forzada, a pesar de que le insistió con que “no quería”, consta en la parte medular de la investigación.
La figura penal invocada por tanto por el fiscal como por la querella fue la de abuso sexual con acceso carnal, en carácter de autor, y en base a esa presunción coincidieron en reclamar una pena de 9 años de prisión.
Una vez completado el juicio oral que comenzó el 12 de noviembre, el juez Gon penó con 8 años de cárcel a este joven de 22 años que ya cumplía prisión preventiva desde el momento de su detención.
Dejanos tu comentario
Los comentarios realizados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de las sanciones legales que correspondan. Evitar comentarios ofensivos o que no respondan al tema abordado en la información.