La ANMAT retiró del mercado diversos productos por irregularidades
La ANMAT prohibió la comercialización de alimentos, cosméticos y productos domisanitarios por carecer de registros, falsear información e incumplir normas de seguridad.
La ANMAT retiró del mercado un aceite de oliva por irregularidades. Gentileza
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) emitió recientemente una serie de disposiciones en el Boletín Oficialdestinadas a proteger la salud pública, donde prohibieron la comercialización de diversos productos que incumplen la normativa vigente.
A continuación, se detallan las principales medidas adoptadas:
Prohibición de aceite de oliva "Olivar Cuenco de Sol"
Mediante la Disposición 1982/2025, la ANMAT prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del producto rotulado como "Olivar Cuenco de Sol, Virgen Fino - Primera presión extracción en frío".
Este aceite de oliva carece de registros sanitarios y presenta información falsa en su etiquetado, incluyendo números de Registro Nacional de Establecimiento (RNE) y Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) inexistentes.
Estas irregularidades impiden garantizar su trazabilidad y condiciones de elaboración, representando un riesgo para la salud de los consumidores.
Sanciones a "Dione Química S.A."
La Disposición 1985/2025 sancionó a la empresa "Dione Química S.A." por comercializar agua lavandina concentrada en envases plásticos translúcidos. Esto incumple la normativa que exige envases opacos para este tipo de productos. Esta medida busca asegurar que los productos domisanitarios se comercialicen en envases que preserven su estabilidad y seguridad durante el almacenamiento y uso.
La Disposición 1985/2025 sancionó a la empresa "Dione Química S.A.". Imagen ilustrativa
Retiro del mercado de productos cosméticos
A través de la Disposición 1987/2025, la ANMAT prohibió el uso, comercialización y distribución de varios productos cosméticos que carecen de datos de inscripción y autorización sanitaria en sus etiquetas. Entre los productos afectados se encuentran:
"24 COLORS FASHION GIRL EYELASHADOW" marca "HUDA NEW"
"EAU DE TOILETTE NATURAL SPRAY VAPORISATEUR" marca "HAPPY PARTY"
"FLOWER ROCOCO" spray
Lápiz labial color rosa marca "IMAN OF NOBLE"
"HIGHLIGHT SPRAY"
La falta de información impide verificar su origen y condiciones de elaboración, lo que representa un potencial riesgo para la salud de los usuarios.
Retiro del mercado de productos cosméticos. Imagen ilustrativa.
Prohibición de yogures "Capulí"
La Disposición 1988/2025 prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización de los productos "Yogur griego sabor vainilla" y "Yogur griego sabor natural" de la marca "Capulí". Estos productos carecen de los registros sanitarios correspondientes, lo que impide garantizar su trazabilidad y condiciones de elaboración, poniendo en riesgo la salud de los consumidores.
Desde la ANMAT recuerdan a la población la importancia de verificar que los productos cuenten con los registros sanitarios correspondientes antes de su compra y consumo. Además, instan a denunciar ante el organismo cualquier irregularidad detectada en el rotulado o comercialización, como parte del compromiso conjunto por una salud pública segura y de calidad.
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