Nicolás Loyarte
El LIF podría producir el aceite. La nueva legislación permite su utilización para determinados tratamientos médicos. Cómo deben proceder ahora los profesionales de la salud y la población.
Nicolás Loyarte
Este viernes estará “colgado” en el área de Salud de la web de la provincia el nuevo protocolo para el uso del cannabis medicinal que servirá como herramienta para que la sociedad comprenda los alcances de su utilización. El protocolo será así un manual tanto para médicos como para farmacéuticos y otros profesionales de la salud; para pacientes y familiares, como para la población en general.
Así lo anticipó el director provincial de Calidad y Evaluación Sanitaria del Ministerio de Salud, Santiago Torales (MP 3502), quien explicó algunos detalles claves para comprender el uso medicinal de una droga que puede aliviar los padecimientos de pacientes con epilepsia, cáncer, dolores crónicos, fibromialgia, esclerosis múltiple y enfermedades poco frecuentes.
Cabe señalar que Santa Fe cuenta con una nueva ley provincial sancionada en noviembre del año pasado para el uso medicinal de derivados del cannabis (anterior a la Ley nacional sancionada en marzo de este año). La norma cuenta con diez artículos y el primero incorpora los medicamentos a base de cannabis en el formulario terapéutico provincial (ley 9524/84). También se podrán sumar otras “formas farmacéuticas derivadas”.
Recetado
El Instituto Autárquico Provincial (Iapos) deberá cubrir en el futuro los tratamientos con estas sustancias. Y el Ministerio de Salud -que actuará como autoridad de aplicación- promoverá la investigación sobre sus usos terapéuticos, junto a asociaciones civiles que están relacionadas con la temática.
La ley promueve el desarrollo y la producción pública de medicamentos a base de cannabis y la conformación de un Consejo Asesor en el que se espera que continúe la participación de familiares de pacientes que ya se tratan con el mencionado producto.
—Torales, ¿cómo se va a capacitar para el uso del aceite de cannabis?
— Lo que definió el Ministerio de Salud es una especificación clara de las características técnicas de esta sustancia, para qué patologías está autorizado en la actualidad el uso en Argentina y un protocolo para que los profesionales médicos puedan prescribirla, simplificando el trámite administrativo de evaluación del caso y la autorización.
El Ministerio hará pública esta documentación con los protocolos y las características de indicación el viernes en la página web santafe.gov.ar/salud. La misma estará a disposición para toda persona vinculada al sistema de salud pública como para la población en general.
Pero también la ley encarga al Ministerio de Salud la creación de un ente regulador. Esa comisión reguladora realizará estudios permanentes sobre la evidencia científica de estos tratamientos y en base a esos contenidos el área de prensa generará diversas estrategias de difusión tanto para el área de salud como para las demás dependencias del Estado provincial.
La Ley contempla además la creación del Comité Asesor en Políticas sobre Cannabis. Si luego se requiere alguna capacitación específica el Ministerio acompañará esta acción.
—Lo que se conocen son los beneficios del aceite de cannabis en ciertos pacientes con patologías severas, pero ¿se conocen los efectos no deseados?
— Los derivados de cannabis tienen una tasa de beneficio y otra de riesgo, como cualquier otro medicamento, como por ejemplo un analgésico o un antibiótico. Todos tienen un beneficio y un riesgo. En particular en el caso del cannabis, hay que decir claramente que los preparados terapéuticos tienen ciertas condiciones de seguridad farmacológica que no están absolutamente determinadas, porque son preparados en condiciones de presentación no sometidos a una calidad, seguridad y eficacia farmacéutica, con lo cual hay que aclararle a la población que todo tipo de tratamiento que se inicie con los preparados autorizados en la actualidad requieren de un programa de fármaco vigilancia, que rige para cualquier otro medicamento, pero en especial para este caso en particular, siendo tan novedoso.
—¿En general, la comunidad médica santafesina rechaza o acepta el uso del cannabis medicinal?
— Encontramos un gran escepticismo en la comunidad médica y en los farmacéuticos. Hay resistencias que pueden provenir de un tabú por el origen relacionado a la legalidad o ilegalidad del uso de la marihuana. Lo que hizo el Ministerio de Salud es tomar la evidencia científica validada y tratar de acercar con la mayor pericia técnica y sin ningún sesgo de interpretación lo real que sucede con el uso de este tratamiento, estando en alerta sobre lo malo que puede ocurrir. Lo que termina trascendiendo son los casos positivos, pero hay un gran número de pacientes que no responden. Entonces, el Estado provincial no debe sostener tratamientos que no responden y, por otra parte, hay que velar por que esos pacientes no tengan efectos adversos que superen a los beneficios.
—¿La droga la preparará el Lif?
— Sería muy bueno que ello ocurra en el futuro. Pero para que el Laboratorio Industrial Farmacéutico pueda elaborar estos preparados primero debe acceder a la materia prima. Y esa es un área gris de la legislación en el país porque el cultivo se considera ilegal. La nueva Ley nacional promulgada hace un mes, que no fue reglamentada, pondría a disposición a entidades de investigación como el Inta o el Conicet la producción masiva de materia prima de cannabis sativa, para obtener la sustancia para la producción del medicamento. Mientras tanto, el Lif está haciendo contacto con universidades nacionales de la provincia y con otros laboratorios farmacéuticos de producción pública del país y de Uruguay, para que cuando la legislación permita acceder al cannabis sativa, poder dar una respuesta como Estado provincial a la producción de una sustancia que hoy se está importando, y tratar de producirlo con la misma calidad técnica.
—¿En la actualidad se compran lotes de cannabis sativa?
— Lo que se hace hoy es comprar el aceite de cannabis que se elabora en Estados Unidos, mediante el mecanismo de excepción que dispone el Anmat a través de Comercio Exterior.
—¿La aprobación de la Ley aumentó la demanda?
— Ya teníamos un aumento de la demanda antes de la aparición de la ley. Incluso en la obra social provincial (Iapos) hay más de diez solicitudes y una tasa similar en el Ministerio de Salud. Creemos que pueden surgir nuevas demandas y estamos preparados evaluar cada caso.
—¿El aceite de cannabis importado es caro?
— Un frasco de aceite de cannabis cuesta 270 dólares, a lo que se debe sumar el trámite administrativo y de Aduana, que lo eleva a 310 a 350 dólares. Dependiendo de la talla, peso y requerimientos para mitigar el dolor de cada paciente que padece, por ejemplo, epilepsia refractaria, cada frasco puede durarle dos meses, más o menos.
—¿Cuánto costará cuando lo produzca el Lif?
— Seguramente será inferior, y esa es la potencialidad que tiene un laboratorio de producción pública. Es un mercado con patologías no tan frecuentes, con pocos pacientes, con lo cual hay poco interés de los laboratorios públicos para dedicarse a investigar su desarrollo. Se trata de un área en el que la salud pública debe realizar un aporte para acercar un tratamiento a un costo razonable a ciertas patologías catastróficas o huérfanas.
— Hay familias desesperadas que reclaman permiso para autocultivar cannabis, ¿es viable?
— No es una materia opinable en mi rol, ya que tiene que ver con la legalidad (la ley no lo autoriza). Respecto de los tratamientos derivados de cannabis, existen normativas que se deben cumplir. Los tratamientos con sustancias deben acercarse lo más posible a los parámetros de calidad que requiere un medicamento, seguros, de calidad y eficaces. Si una persona autocultiva en su hogar y elabora una sustancia para administrarle a un familiar, no es materia opinable desde el Ministerio de Salud, decir si se respetan esos parámetros de seguridad, calidad y eficacia. Es una discusión legal o política y no le compete al Ministerio de Salud.
—¿El aceite de cannabis estará disponible en farmacias?
— Esa es la idea. Hoy se necesita una autorización de Anmat, mediante un trámite de excepción, ya que la comercialización no está autorizada en Argentina. El Lif está en condiciones de producirlo y si el Anmat en el futuro lo autoriza sería de acceso directo para las personas bajo cobertura del Ministerio de Saludo o el Iapos , como ocurre hoy por ejemplo con los anticonceptivos orales a los que el Iapos accede de forma gratuita, siempre con la prescripción médica.