El profesor de educación física J.T., acusado por una serie de abusos sexuales a alumnos del jardín Ceferino Namuncurá, recuperará su libertad. Así lo dispuso el juez Jorge Patrizi, quién también ordenó la apertura de juicio.
Lo dispuso el juez Jorge Patrizi. J.T. deberá cubrir una caución real de 20 millones de pesos y tras su excarcelación tendrá que cumplir con una serie de reglas de conducta.
El profesor de educación física J.T., acusado por una serie de abusos sexuales a alumnos del jardín Ceferino Namuncurá, recuperará su libertad. Así lo dispuso el juez Jorge Patrizi, quién también ordenó la apertura de juicio.
J.T. permanece en prisión preventiva desde octubre de 2021, y con la investigación en su contra ya concluída, podrá ser excarcelado y esperar el juicio oral en libertad. Para esto, primero deberá cubrir una caución real de 20 millones de pesos, y luego tendrá que cumplir con una serie de reglas de conducta.
La excarcelación fue solicitada por la defensa, a cargo de los Dres. Marcos Barceló y Macarena Olivera, durante la audiencia preliminar. Tanto los fiscales Alejandra Del Río Ayala y Matías Broggi, como los querellantes Carolina Walker Torres y Juan Lewis, se opusieron a la pretensión. Sin embargo, tras analizar los peligros procesales, el magistrado dispuso la libertad.
Esto, bajo una serie de reglas de conducta que deberán ser estrictamente cumplidas por J.T., ya que un incumplimiento podría provocar que vuelva tras las rejas. Entre estas, “la prohibición de acercamiento a las víctimas y sus familiares hasta un radio de 500 mts a la redonda de sus domicilios y donde éstos se encuentren; -la- prohibición de contacto por cualquier medio con los nombrados; -y la- prohibición de acercamiento al Instituto "Ceferino Namuncurá".
“Debiendo verificarse los supuestos procesales previstos en la norma para poder sostener la prisión preventiva del imputado o en su caso disponer la libertad, corresponde indicar que conforme lo manifestado en la acusación, para la fiscalía y la querella existen elementos suficientes para dictar sentencia condenatoria por los hechos que fueran atribuidos, por los cuales le podría corresponder una pena de ejecución en firme”, señaló el magistrado en su resolución.
“No obstante, lo que corresponde asegurar es el desarrollo del juicio, para lo cual luce necesario verificar si los riesgos procesales tenidos en cuenta oportunamente para justificar la prisión preventiva, continúan subsistentes”.
En cuanto al riesgo de fuga, Patrizi sostiene que la defensa ha cuestionado los hechos y la pena, y que si bien desistió de su solicitud de sobreseimiento, pretende lograr la absolución. Esto “neutralizaría, por lo menos durante el debate, la ideación de fuga”.
La fiscalía se refirió a la falta de arraigo, ya que la familia del docente se encuentra alquilando una vivienda. “Esto no puede ser tenido como fundamento contrario al imputado, ya que no fue provocado por él, sino que, por el contrario, la pérdida de su residencia se debió al accionar de un grupo de personas que se movilizaron disconformes con el presunto accionar del imputado, situación que bajo ningún concepto puede ser avalada”, remarcó Patrizi.
Para asegurar el arraigo al proceso, el juez dispuso -además de la caución millonaria- que fije domicilio (cuya ubicación quedará reservada a las partes por pedido de la defensa, para evitar represalias), y que asista semanalmente a firmar un acta en la sede del Ministerio Público de la Acusación (MPA).
Respecto del entorpecimiento probatorio, más precisamente a la necesidad de “asegurar la tranquilidad de espíritu de las personas que van a comparecer a prestar declaración durante el debate”, el magistrado analizó que “no se ha hecho ninguna manifestación en cuanto a que -J.T. y sus allegados- hayan perturbado de alguna manera a los familiares de las víctimas”.
De hecho, las “personas se movilizaron para demostrar su disconformidad con los presuntos hechos atribuidos a J.T., realizando diversos desmanes, lo cual permite deducir que las víctimas y sus familiares, no sienten ningún tipo de temor en cuanto a lo que puedan testificar”. Ese no sería el caso de “aquellas personas que son ofrecidas como testigos de descargo, entre ellas el personal docente”.
Es por esto que el magistrado consideró que “los riesgos procesales pueden ser cubiertos con la imposición de medidas alternativas”
20 millones
La caución tiene como objetivo asegurar que el imputado cumplirá con las obligaciones que se le impongan y no se dará a la fuga. Una caución real -como la impuesta a J.T.- puede constituirse depositando dinero, efectos públicos o valores cotizables, otorgando prendas o hipotecas o seguro de caución por la cantidad que se determine (en este caso, 20 millones de pesos).