En la jornada previa a conocer el veredicto del tribunal que juzga el femicidio de Carla Rivas, el único acusado declaró que no tuvo "intenciones de matar a nadie". Además, dijo que incendió el inmueble de barrio Chalet cumpliendo órdenes de quien fuera su pareja. La fiscalía solicitó la prisión perpetua por el homicidio triplemente agravado.
Este viernes los jueces Jorge Patrizi, José Luis García Troiano y Pablo Ruiz Staiger escucharon los alegatos finales en el juicio contra Juan Eduardo Bovino (24). Los fiscales Ana Laura Gioria y Andrés Marchi reiteraron su pedido de prisión perpetua por el "homicidio agravado por alevosía, por haberse utilizado un medio idóneo para crear un peligro común, y por haber mediado un contexto de violencia de género (femicidio)" de Carla Vanesa Rivas, la "tentativa de homicidio agravado" en perjuicio de los tres hijos de la mujer y el delito de "evasión".
El defensor público Gustavo Durando no estuvo de acuerdo ni con la calificación, ni con la pena, escogidas por la contraparte, sobre todo en cuanto a la agravante de género. Su pupilo decidió declarar antes de que comenzaran las exposiciones, aceptando su participación en los hechos: "Sinceramente, me siento arrepentido de lo que sucedió, porque no fui con intenciones de matar a nadie. Por orden de Alejandra (su pareja de entonces) fui a prender fuego una casa, nada más. No fue con intenciones de quitarle la vida a nadie".
Tenés que leerPor qué la muerte de Carla Vanesa Rivas fue un femicidio"No existe controversia respecto de que Bovino perpetró el ataque en el domicilio de Carla Rivas, lo acaba de reconocer", comenzó Marchi. La siesta del 1° de diciembre de 2017 el acusado se presentó en la finca de calle Santiago de Chile al 860 con un bidón de combustible e inició varios focos ígneos en su interior. "Bovino eligió el fuego, su intención era que no salga nadie".
El cuerpo de Carla fue encontrado en su habitación, sobre la cama, carbonizado. Sus hijos, que por entonces tenían entre 14 y 20 años, lograron escapar de las llamas y terminaron internados. Sus vidas estuvieron en peligro. Sus testimonios fueron clave para develar lo que sucedió aquella tarde.
"Se trató sin dudas de un incendio intencional. La zona de origen era donde estaba el cuerpo de Carla, que tenía una gran afectación en toda su parte posterior, con carbonización. Estaba tendida en la cama, ya con signos evidentes del pugilista, que es la contracción de músculos y tendones que reaccionan a tan alta temperatura", señaló el fiscal. Además, remarcó que de no haber actuado los bomberos en el momento oportuno "el incendio pudo haberse propagado hacia viviendas vecinas".
Alevosía y femicidio no íntimo
Por cómo encontraron los bomberos el cuerpo de Carla, no presentaba vestigios de intento de escape alguno, lo que "se corresponde con la situación de indefensión en la que la colocó Bovino al golpearla" previo a iniciar el incendio. Esto, sumado a que cuando irrumpió a la casa lo hizo de manera sorpresiva, "anuló cualquier posibilidad de oposición por parte de ella".
"Bovino conocía la personalidad sumisa y dócil de Carla y aprovechó eso en su beneficio", sostuvieron. Además, "al golpear a los chicos obró sin riesgo para sí, pudiendo desplegar su conducta homicida sin resistencia alguna". Para concluir, Marchi destacó que "la esencia de la alevosía radica precisamente en la marcada ventaja a favor del que mata, como consecuencia de la oportunidad elegida para hacerlo", lo que sucedió en este hecho.
Tenés que leerEl crudo pedido de Carla a sus hijos mientras ardía: "¡Sálvense ustedes!"En cuanto a la otra agravante, la fiscal Gioria manifestó que "todo esto ocurrió en un contexto de violencia de género, por lo cual la conducta desplegada por Bovino configura un femicidio no íntimo". El acusado se aprovechó de "una víctima mujer, abusando de su pretendida superioridad basada en una relación desigual de poder que toma sus bases de la sociedad patriarcal" en la que vivimos.
"Carla y su condición de mujer fueron aprovechadas y vulneradas por Juan Bovino al extremo de ser anulada su existencia". Con su accionar, el joven provocó un "daño inconmensurable", no sólo truncando la vida de la víctima sino también sumiendo a su familia en la angustia. Aquella fatídica tarde "sus hijos tuvieron que elegir entre salvar su vida o la de su madre, y nunca más volvieron a verla".
Por todo esto la fiscalía solicitó la condena a prisión perpetua y la declaración de reincidencia.
A su turno, el defensor público cuestionó duramente las calificaciones legales escogidas por la fiscalía, así como la pena. Ya admitida la participación de su cliente en el hecho, "la cuestión es si tenía intención de matar a los ocupantes de la vivienda, y creo que no se ha probado -con la certeza necesaria que requiere una condena- esa intención indubitable".
Para Durando, de haber existido la "intención de matar" Bovino podría haber utilizado la cuchilla que llevaba consigo, o haber rociado combustible directamente en el cuerpo a todos los habitantes de la casa. Además, sostuvo que por lo menos uno de los accesos a la construcción estaba abierto.
Su conducta "está tipificada en el delito de incendio", que prevé una pena que va de 8 a 20 años si, con este accionar, se causare la muerte de una persona. Además, aun en el caso que existiera dicha intención homicida, para el defensor no debería aplicar ninguna de las tres agravantes seleccionadas por la acusación.
El martes 17 de agosto, por la mañana, el tribunal de juicio dará lectura a su veredicto.