Exigen a la Justicia que fije un monto para indemnizar a familiares de Natalia Acosta
Para la Fiscalía y la Defensa debe ser el juez quien determine el monto que el Estado debe destinar a una hermana y el padre de la joven santafesina desaparecida desde 2009.
El rostro de la joven de barrio Centenario se convirtió en un símbolo local de la lucha contra la trata de personas. Foto: Mauricio Garín.
Este 18 de junio se cumple un año desde que el Juzgado Federal Nº 2 de Santa Fe concedió una reparación económica, por parte del Estado, para con las víctimas indirectas por la desaparición de Natalia Acosta (21), ocurrida en 2009, cuando ejercía la prostitución en una esquina céntrica de la capital provincial.
A poco de cumplirse un año de aquella resolución, el fiscal Federal Nº 2, Walter Rodríguez, elevó al magistrado a cargo un nuevo dictamen, mediante el cual lo interpela a que se fije un monto en concepto de indemnización, el cual deberá ser cubierto por el "Fondo de Asistencia Directa a Víctimas de Trata" (Ley Nº 26.364), el cual fue puesto en vigencia en octubre del año pasado en todo el país.
El escrito refuerza lo expresado por los abogados de la Defensoría General de la Nación, Marcela Virginia Rodríguez -titular del Programa de Asesoramiento y Promoción de Derechos de las Víctimas del Delito de Trata de Personas- y Mariano Rosatti -defensor coadyuvante en Santa Fe-, quienes en marzo último también solicitaron que se fije una indemnización acorde en favor de sus representados Carmela y Ariel Acosta, consideradas víctimas indirectas del delito de trata.
Cristina Balán y Ariel Acosta, en una foto tomada en 2009, cuando los padres iniciaron el doloroso proceso de búsqueda de Natalia. Foto: Archivo El Litoral.
Celeridad y justicia
En ese sentido, el fiscal Rodríguez destacó las "excepcionales particularidades del caso que demandan celeridad a los efectos de fijar una justa indemnización"; y remarcó la "inconveniencia de prolongar el trámite por rigorismos formales y actos que pudieran producir una nueva revictimización" de los familiares de Natalia Acosta.
"Considero que el juez debe resolver la cuestión sometida a su consideración", y "hacer lugar a la determinación del monto indemnizatorio reclamado en la presentación efectuada por Ariel y Carmela Judith Acosta" (padre y hermana de la víctima), resumió el representante del Ministerio Público Fiscal (MPF).
Estado pasivo
Previamente, el funcionario hizo un apretado relato de lo que fue la búsqueda por parte de María Cristina Balán y Ariel Acosta, cuando el 29 de mayo de 2009 denunciaron la desaparición de su hija.
En ese derrotero, la fiscalía destacó la inacción por parte del Estado, ya sea a través de la fuerza policial como de la justicia provincial, que no abrió la instrucción sino hasta un mes después de radicado el pedido de paradero -el 3 de julio de 2009- y a instancias de la Secretaría de Derechos Humanos de la provincia.
Según expresó el Dr. Rodríguez, las actuaciones como "paradero", no hicieron más que esconder "el carácter pasivo del rol del Estado en materia de desaparición física", violentando los derechos de la persona y vulnerando los mandatos legales en cuanto a los "deberes del Estado" ante situaciones de violencia de género.
Natalia Acosta tenía 21 años cuando desapareció la madrugada del 29 de mayo de 2009 en pleno centro de Santa Fe. Foto: Archivo El Litoral.
Trata de persona
Por otra parte, recordó que el 13 de julio de 2009 los padres radicaron denuncia ante la Justicia Federal por el presunto delito de "trata de persona" ante "la falta de respuesta de la policía y el juez interviniente".
En ese sentido el fiscal refirió que "la negativa a incorporar" nuevos estándares de búsqueda "pudo encontrarse afianzada en una visión estereotipada y prejuiciosa sobre la víctima y su grupo familiar, en razón de la situación socioeconómica que los apremiaba y por ser la afectada directa una mujer en situación de prostitución y especial estado de vulnerabilidad".
La reparación
En base a lo expuesto, el 18 de junio de 2021 una resolución judicial acogió favorablemente "la reparación que corresponda a la víctima del delito de trata, en orden al derrotero de la investigación" con intervención del Consejo Federal para la Lucha contra la Trata y Explotación de Persona y para Protección y Asistencia de las Víctimas, cómo órgano ejecutor de dicho mandato.
Ante la muerte de la madre de Natalia, ocurrida en septiembre de 2019 y pandemia mediante, los representantes de la Defensa Pública propusieron a la hermana menor de Natalia -Carmela- como víctima indirecta junto con su padre. El pedido fue elevado al juez el 9 de noviembre de 2021 y concedido el 29 de diciembre pasado.
Entre los argumentos vertidos por los defensores Rodríguez y Rosatti para incorporar a Carmela, señalaron que "toda su infancia y adolescencia quedó marcada por la ausencia de Natalia, por el vacío que dejó en sus vidas, por las esperanzas que fueron frustradas con cada noticia inútil que recibía. Su vida no volvió a ser la misma y nunca lo será".
Relevamiento Protex
La gestión para el pago de un indemnización se realiza en la Argentina a través del Consejo Federal para la Lucha contra la Trata y Explotación de Persona y para Protección y Asistencia de las Víctimas, que es el espacio institucional encargado de administrar el Fondo de Asistencia a Víctimas de Trata.
A propósito, la página oficial www.argentina.gob.ar publicó el pasado 10 de noviembre un artículo titulado "¿Cómo funciona el Fondo de Asistencia Directa a Víctimas de Trata?", al que define como una "herramienta (que) garantiza la reparación económica a las víctimas a través del decomiso de bienes y ganancias generadas por el delito de trata" y funciona desde "octubre del año pasado".
Allí se hace referencia a casos de "reparación de víctimas entre 2019 y 2022", que según un relevamiento de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX), "en el periodo mencionado hubo un total de 107 sentencias condenatorias, de las cuales en 27 (un 25,2%) se efectivizó algún tipo de reparación económica para las víctimas".
"Estas reparaciones económicas alcanzaron a 168 víctimas por un total de más de 70 millones de pesos (en rigor, 70.823.001,20 pesos) y 16.141 dólares, además del equivalente a 192 salarios mínimos y 3 vehículos afectados para los mismos fines", completa el informe oficial.
Archivo y búsqueda
Por la desaparición de Natalia Acosta, ocurrida el 29 de mayo de 2009 en la zona de la Recoleta santafesina -25 de Mayo y Suipacha-, en un contexto de prostitución sexual, el fiscal Federal Nº 2, Walter Rodríguez llevó adelante una investigación que puso tras las rejas a un hombre de 57 años, que falleció en prisión -el 15 de abril de 2019-, donde se encontraba procesado por el delito de trata por captación.
Con la muerte del único implicado, el fiscal Rodríguez solicitó el 12 de abril de 2021, la disposición de cuatro medidas.
1) La "extinción de la acción penal por la muerte del imputado", en referencia a Cerri.
2) Se declare "agotado el proceso probatorio", por la muerte del único imputado y ante la imposibilidad de dar con terceras personas vinculadas a a la maniobra delictiva.
3) Se ordene la "continuidad a la búsqueda".
4) Y propuso un "reparación en favor de las víctimas indirectas", que es lo que ahora se solicita se ejecute.