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El dos veces condenado por tráfico de estupefacientes podría enfrentar otro juicio oral y público, esta vez, por lavado de activos de origen ilícito. La Justicia determinó que en el lapso de 27 meses, los imputados adquirieron ocho vehículos y dos propiedades.
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La Sala “B” de la Cámara Federal de Rosario confirmó el procesamiento por lavado de dinero para el ex productor de música tropical Raúl Narciso Basimiani, y su pareja Angélica Soledad González. La resolución, dictada el pasado 18 de octubre por los camaristas Edgardo Bello y Élida Isabel Vidal, pone a ambos de cara a un nuevo juicio oral, por haber incorporado a su patrimonio bienes -vehículos e inmuebles- que son el producto del negocio de la droga. En el caso de Basimiani, fue condenado en dos oportunidades y purga una pena unificada de 18 años de prisión, tras ser considerado “organizador de comercio de estupefacientes agravado”; mientras que González fue sentenciada a 6 años de cárcel por el delito de tenencia y comercio de drogas.
El juez federal Nº 2 de Santa Fe, Francisco Miño, los procesó el 21 de marzo último como presuntos autores del delito tipificado en el artículo 303 inciso 1º del Código Penal (lavado de dinero), luego de que el fiscal federal Nº 2, Walter Rodríguez, los acusara por haber incorporado a su patrimonio una serie de bienes en un corto período de tiempo.
Según informes que surgen de cruces de datos de las distintas agencias provinciales y nacionales -Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip), Servicio de Catastro e Información Territorial y la Unidad de Información Financiera (UIF)-, en 27 meses -entre junio de 2011 y septiembre de 2013-, la pareja adquirió ocho vehículos y dos inmuebles que nunca pudo justificar ante los organismos de control.
Para los camaristas rosarinos, “fue posible corroborar en la presente causa, y en virtud de las pruebas incorporadas, que los imputados administraban y vendían una profusa cantidad de bienes que tenían origen ilícito a fin de darles apariencia lícita”.
Autos y casas
La lista de vehículos e inmuebles que, según se pudo corroborar, pertenecen o pertenecieron a los imputados, está compuesta por:
1) BMW Todo Terreno X3 2.5L.
2) BMW Sedan 4 Puertas 320 D.
3) Nissan Sin Especificación 200
4) Volkswagen Gol 1.6
5) Peugeot 206 XRD 3PK
6) Ford Escort LX 1.8
7) Volkswagen Fox 1.6
8) Mitsubishi Coupe Eclipse GS-T
9) Inmueble ubicado en Av. A. del Valle 5167 de Santa Fe
10) Finca ubicada en Calle Castelli 1170 de Santa Fe.
Si bien el abogado particular de los acusados, el Dr. Néstor Darío Pereyra, apeló el procesamiento, los camaristas ratificaron en todos sus términos la resolución de su inferior. A propósito de las acusaciones, recordaron que el lavado de activos es “el conjunto de operaciones y procedimientos por los que bienes de naturaleza delictiva son incorporados e integrados al sistema económico legal institucionalizado, confiriéndoles apariencia legítima”. Además, recordaron que para configurarse el tipo penal “el valor de aquellos debe superar la suma de $ 300.000, ya sea en un solo acto o por la reiteración de hechos diversos vinculados entre sí”, lo cual se supera holgadamente con la flota autos aludida.
Dos condenas
El próximo 7 de noviembre se cumplirá el quinto año desde el encarcelamiento de Raúl Basimiani, cuando la organización que lideraba fue desbaratada. En ese entonces los investigadores dejaron al descubierto que su negocio como productor musical no era más que una pantalla para ocultar el verdadero origen de su buen pasar económico.
Por esa primera caída, Basimiani fue condenado el 4 de diciembre de 2015 en un juicio abreviado, en el que los jueces José María Escobar Cello, María Ivón Vella y Luciano Homero Lauría, del Tribunal Oral Federal local le impusieron seis años de prisión a instancias del fiscal general Martín Suárez Faisal.
En tanto, el 25 de abril de este año, el mismo tribunal volvió a condenarlo a la pena de 13 años de prisión, como “organizador” del delito de “comercio de estupefacientes”, agravado por la utilización de menores de edad. En tanto, el hombre de 52 años fue declarado reincidente y recibió una pena unificada de 18 años.
También resultó condenada su concubina de 30 años, Angélica Soledad González, como autora de “comercio de estupefacientes y tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, agravado por haberse servido de menores de dieciocho años de edad”. La mujer fue sentenciada a seis años y medio de cárcel; sanción que se unificó en 7 años y medio por otra condena de prisión en suspenso en el fuero provincial.
Durante el debate, se comprobó que a pesar de estar privado de su libertad, desde su celda en la cárcel de Coronda, Basimiani continuaba manejando el negocio ilícito; mientras que González, que en ese entonces estaba en libertad, era su mano ejecutora para la venta al menudeo, y que a su vez utilizaba a sus dos pequeñas hijas.