El juez Ariel Lijo resolvió decretar el procesamiento de Gastón Ariel Mercanzini por considerarlo autor de la agresión al presidente Javier Milei y su hermana Karina Milei el 10 de diciembre, día de la asunción presidencial y, a su vez convertir en prisión preventiva la detención de Mercanzini.
La justicia indicó que se considera a Mercanzini como “en principio, autor penalmente responsable del delito de lesiones dolosas en grado de tentativa cometidas contra el Sr. Presidente de la Nación, doctor JAVIER GERARDO MILEI y contra KARINA MILEI y lesiones leves dolosas calificadas por haber sido cometidas contra un miembro de las fuerzas de seguridad policiales, las cuales concurren de manera ideal entre sí (de conformidad con lo normado en los artículos 42, 45, 54, 89 y 92 en función del 80 inc. 8 del CP. y artículo 306 del CPPN.)”.
Además convertir en prisión preventiva “la detención que viene sufriendo Gastín Ariel Mercanzini”.
Al mismo tiempo se trabó embargo sobre los bienes y/o dinero respecto del acusado hasta cubrir la suma de quinientos mil pesos ($500.000).
De esta forma, si bien el plan inicial del imputado consistía en arrojar una botella de vidrio hacia la caravana presidencial y, de esta forma, lesionar al Primer Mandatario, lo cierto es que no podía desconocer que se encontraba junto a su hermana y al custodio finalmente lesionado.
Dichas circunstancias implicaban la posibilidad cierta de herir a cualquiera de ellos, siendo que el imputado incorporó a su plan delictivo tales probabilidades y actuó en consecuencia.
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