Un total de once personas fueron procesadas y cuatro de ellas quedarán en prisión preventiva acusadas de comercializar estupefacientes en la ciudad de Rufino. Se trata de una investigación que llevó adelante el Juzgado Federal de Venado Tuerto con la intervención del juez Aurelio Cuello Murúa y los fiscales Javier Arzubi Calvo y Andrés Montefeltro.
El paso previo fueron los 15 allanamientos que se realizaron el 10 de noviembre con la incautación de una importante cantidad de cocaína y distintos elementos de interés para la causa. Esa misma jornada fue detenido un agente policial sospechado de brindar cobertura a la organización, pero posteriormente desde el juzgado no contaron con elementos probatorios para procesarlo, y en definitiva se dictó la falta de mérito.
Las tareas de investigación y los allanamientos fueron realizados por la Unidad de Investigaciones y Procedimientos Judiciales “Venado Tuerto” de la Gendarmería Nacional Argentina.
En la totalidad de las medidas realizadas fueron incautados material estupefaciente: cocaína más de 2 kilogramos (fraccionados para la comercialización), marihuana 200 gramos y dinero en efectivo ($6.000.000 y U$S 70.000); 11 vehículos; 6 armas de fuego y aproximadamente 150 municiones, 42 teléfonos celulares, elementos de fraccionamiento y aproximadamente medio kilo de material utilizado para estirar la cocaína.
Parte de la droga incautada durante los procedimientos.
Procesamientos
El juez Aurelio Cuello Murúa procesó a 11 personas, de las cuales ordenó la prisión preventiva para cuatro de ellas.
Dispuso el procesamiento con prisión preventiva de Cristian Ricardo L., como autor de los delitos de tráfico de estupefacientes, de organización y financiamiento de estas actividades ilícitas con el delito de tenencia de arma de fuego de uso civil y de guerra sin la debida autorización.
El procesamiento con prisión preventiva para Federico Emanuel E., Facundo Leonel E. y Emanuel Maximiliano F. como autores del delito de tráfico de estupefacientes, con el delito de tenencia de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización.
Por otro lado, procesó sin prisión preventiva a Ariel Vicente R., Darío Alberto Z. y José Sebastián P. como autores del delito de tráfico de estupefacientes. Y a Rosana B. y Rodrigo Alejandro J., como autor/a del delito de tráfico de estupefacientes, únicamente por el material estupefaciente hallado en sus domicilios. Y dictó la falta de mérito en cuanto a haber cometido la conducta en forma organizada.
Los allanamientos fueron realizados por Gendarmería Nacional.
Por último, el procesamiento sin prisión preventiva de Fernanda María S., Karen Selene M., como partícipes secundarias de los delitos de tráfico de estupefacientes. Y dictó la falta de mérito en relación al hecho de tener sin autorización legal las armas señaladas en sus indagatorias.
Policía libre
La investigación llevada adelante por fiscalía intentó demostrar con distintos elementos probatorios que la organización contaba con el apoyo de una agente de la policía de la provincia de Santa Fe.
El 10 de noviembre Mario Rubén L. fue detenido acusado de “haber ayudado a eludir las investigaciones de la autoridad pertinente de un delito especialmente grave y haber omitido denunciar su perpetración, sin identificar a los autores y/o partícipes del mismo, estando obligado a ello en razón de su condición de funcionario público de una fuerza de seguridad, habiendo dejado, de tal manera, de promover la persecución y represión de los delincuentes”.
En consecuencia, conociendo la actividad a la que se “dedicaban, omitió hacer la denuncia pertinente para poner fin a ello, más aun, habría aportado ayuda a la organización para cometer los ilícitos investigados”.
La prueba en que el fiscal apoya su hipótesis de que Mario Rubén L. habría cometido ese ilícito radica en la circunstancia de que, durante las pesquisas, existieron diversos y sólidos indicios que indicarían que los imputados contaban con protección policial local para desarrollar su accionar delictivo, lo que se extrae no sólo de los reportes elevados por la Gendarmería Nacional sino además en forma expresa del resultado de las escuchas telefónicas.
Finalmente, el juez Cuello Murúa consideró que “los elementos de prueba colectados hasta el momento resultan insuficientes para tener por acreditada la intervención del encartado en los hechos que se le atribuyen, razón por la que entiendo que por el momento corresponde dictar a su respecto auto de falta de mérito”.
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