El sacerdote de una localidad de la zona de la costa está bajo investigación, luego de que una mujer denunciara a su ex pareja por el abuso sexual de dos de sus hijas e incluyera en su relato que el cura se le insinuó a una de ellas.
El hecho desató recuerdos traumáticos de la adolescente, que terminó denunciando al cura y a su padrastro. Este último quedó en prisión preventiva por abuso en perjuicio de la chica y su hermanita.
El sacerdote de una localidad de la zona de la costa está bajo investigación, luego de que una mujer denunciara a su ex pareja por el abuso sexual de dos de sus hijas e incluyera en su relato que el cura se le insinuó a una de ellas.
La información surgió durante la audiencia en la que el juez Sergio Carraro ordenó la prisión preventiva de Carlos Daniel P. (30), imputado por "abuso sexual con acceso carnal calificado" en perjuicio de su hija de 11 años y de su hijastra de 17. En el caso de ésta última, los hechos habrían ocurrido desde 2013 hasta 1016.
La cautelar de máxima fue solicitada por la fiscal Alejandra Del Río Ayala, a cargo de la investigación de los abusos sexuales. En cuanto al acoso, la causa tramita en la Oficina de Código de Convivencia del Ministerio Público de la Acusación (MPA), por tratarse de una contravención y no de un delito.
Carlos P., alias "Cali", contó con la representación de las defensoras públicas Betina Dongo y Silvina Corvalán, que solicitaron la libertad bajo medidas alternativas. Sin embargo, el magistrado consideró que la única manera de cautelar el proceso sería ordenando la prisión preventiva.
Carraro dio sus fundamentos de manera oral durante la audiencia, analizando las evidencias presentadas por la fiscalía. La adolescente víctima "ha vivido una situación traumática, a través del acoso de un párroco, una persona con una determinada impronta dentro del grupo social, que le hace revivir diversas situaciones de violencia padecidas en el pasado".
"La madre relata que la adolescente acude ante ella a contarle estos hechos entre llanto, y describe que cuando tenía 8 años 'el Cali' había abusado de ella, dando cuenta de circunstancias, lugares y metodologías", señaló el juez.
La víctima manifestó que el sometimiento ocurrió en reiteradas oportunidades durante 2013 y 2016, y "también enunció hechos trascendentales y tal vez por qué motivos esto se mantuvo en silencio durante tanto tiempo… por el temor que ella sentía de los episodios recurrentes de violencia que se daban en el ámbito intrafamiliar".
Estos consistían en golpizas y amenazas de muerte hacia su mamá, que eran presenciadas por la chica, lo que la llevó a creer las advertencias de su agresor cuando le dijo que si hablaba la mataría.
"Como nos toca observar recurrentemente en este tipo de situaciones, vemos cómo niños que son víctimas de estos terribles hechos no pueden narrarlos de forma espontánea, sino que a condición o consecuencia de otro hecho traumático, como lo fue en este caso", expuso el magistrado.
"Y más aún todavía, a partir de este relato efectuado -por la adolescente- ante la madre, con la congoja del llanto, descargando su angustia y poniendo en claro esta situación, surge que su hermana de 11 años también se anima a relatar la situación por ella padecida". Con la diferencia de que la niña "describe, al menos hasta estos momentos, un solo hecho puntual y traumático".
Ella "cuenta que su padre la había abusado, y además se refiere a la modalidad, a cómo había sido el abuso". La madre radicó la denuncia y la fiscalía ordenó una serie de medidas, entre ellas la realización de un examen médico a la menor. De allí "surge un dato objetivo irrefutable que nos está marcando que, efectivamente, lo descripto por la víctima se corrobora".
Para el juez Carraro "existen elementos que satisfacen plenamente los parámetros del inciso primero", es decir, la probable autoría. En cuanto a la calificación de "abuso sexual con acceso carnal", señaló: "Comparto plenamente los tipos penales".
De hecho, manifestó que "de dictar un pronunciamiento condenatorio, con este marco probatorio, no me cabe ninguna duda de que dictaría una condena, imponiendo una pena de prisión de efectivo cumplimiento".
Al momento de imponer la prisión preventiva, recordó que resta la realización de la entrevista en cámara Gesell a las víctimas y consideró que "están afectados ambos riesgos procesales, de fuga y entorpecimiento probatorio". Por eso, dispuso que Carlos P. continúe tras las rejas.
En la parroquia
La adolescente se había acercado a la parroquia a buscar un bolsón de alimentos cuando el sacerdote aprovechó el momento y "se le insinuó", señalaron fuentes cercanas al caso.