"Solo pedir perdón, y que nunca la quise matar", declaró el penitenciario Carlos Walter Maranzana (38) este jueves, en la última jornada del juicio en su contra. El martes 21 de junio el tribunal dará a conocer su veredicto.
Se realizaron los alegatos de clausura y el acusado por tentativa de homicidio declaró. Los jueces deben resolver si cuando atacó a su exesposa intentaba asesinarla o no.
"Solo pedir perdón, y que nunca la quise matar", declaró el penitenciario Carlos Walter Maranzana (38) este jueves, en la última jornada del juicio en su contra. El martes 21 de junio el tribunal dará a conocer su veredicto.
El ataque a su exesposa en enero de 2020, frente a sus pequeños hijos, llevó a que terminara tras las rejas acusado de "tentativa de femicidio", al que con el correr de la investigación se le sumaron otros delitos cometidos en un contexto de violencia de género.
El lunes comenzó el juicio que tiene a Maranzana en el banquillo de los acusados, durante el cual los fiscales Estanislao Giavedoni y Martín Torres solicitaron que se lo condene a 22 años de prisión. La defensa, a cargo de los Dres. Ignacio Alfonso Garrone y Pedro Busico, se centró en cuestionar la calificación legal más grave, señalando que no hubo una intención femicida sino que se trató de un episodio más -entre tantos otros- en el que su cliente golpeó a su expareja.
De allí que pretendan una pena menor, 7 años de prisión, o en su defecto 10, si el tribunal acreditara la figura legal atacada. Los jueces Leandro Lazzarini, Pablo Ruiz Staiger y Luis Octavio Silva darán lectura a su veredicto el martes 21 en horas de la mañana.
A través de los diferentes testimonios, la fiscalía fue reconstruyendo lo sucedido la mañana del 3 de enero de 2020 en la vivienda de barrio Estanislao López donde ocurrió el ataque. La víctima se despertó y encontró a su expareja dentro de la casa, quien con un tono "normal" le explicó que había ido a buscar una tarjeta. La mujer se dirigió a la cocina, él la siguió y "de manera artera y a traición" la golpeó en la cabeza mientras la insultaba y recriminaba "te fuiste con un macho".
Los puñetazos continuaron, todos en el cráneo y el rostro de la mujer. Luego, el penitenciario tomó una botella de vidrio y se la azotó al menos en dos oportunidades contra la cabeza, hasta que estalló. La presencia de sus hijos, que se habían despertado por los ruidos -incluso uno de ellos intentó detenerlo- no lo inmutó. Cuando una sobrina de la mujer acudió al lugar, alertada por el sonido de vidrios rotos, el penitenciario se alejó.
La chica quiso socorrer a su tía, que estaba inconsciente, pero antes de que pudiera sentarla Maranzana apareció corriendo y le asestó una patada en la cabeza. Cuando el penitenciario volvió a salir de la vivienda, uno de sus hijos cerró con llave para evitar que volviera a agredir a su mamá. Mientras intentaban que la mujer reaccionara, él se reía y desde una ventana gritaba "que se levantara, que no había pasado nada".
Apenas arribó el primer patrullero a Cafferata al 8500, el penitenciario se acercó, manifestó "fui yo, la cagué, me hago cargo, llévenme" y se subió al asiento trasero.
Para la fiscalía se trató de una "tentativa de homicidio calificado por el vínculo y por haber sido cometido por un hombre en contra de una mujer mediando violencia de género (femicidio)". Además, durante el juicio se mostró que las golpizas habían sido comunes durante la relación que víctima y victimario mantuvieron por más de 12 años, y que "no solo había una cuestión de violencia de género, sino también una situación de violencia intrafamiliar" ya que los cinco hijos de ambos también eran víctimas de agresiones.
La defensa consideró que durante el debate no se pudo comprobar el "dolo homicida", y aclaró que no cuestionan la violencia de género ni el resto de los delitos endilgados a su cliente.
Los abogados sostuvieron que la forma en la que Maranzana atacó a su expareja "no tenía la letalidad para causar la muerte" y que los médicos policiales señalaron que las heridas no fueron graves ni generaron un peligro de muerte. "De haber tenido la intención de matarla hubiese regresado, hubiese continuado, pero se fue y después se entregó a la policía", recordaron Alfonso Garrone y Busico.
En cuanto a los otros delitos imputados al penitenciario ("amenazas calificadas" y "lesiones calificadas" en perjuicio de su expareja y de una amiga de ella), los defensores manifestaron que "no vamos a discutir lo evidente". Sólo cuestionaron el agravante en el caso de las lesiones a la amiga, ya que no consideraron que se hubiera dado en un contexto de violencia de género.
Sosteniendo que el ataque de enero de 2020 también fue un hecho de "lesiones leves agravadas", los abogados colocaron la pena en expectativa entre los 2 y los 9 años de prisión. Por la gravedad de los mismos, concluyeron que el monto debería ubicarse en el último tercio, por lo que solicitaron que se condene a su cliente a 7 años de prisión.
Subsidiariamente, en caso de que el tribunal decidiera condenar por la "tentativa de femicidio" en lugar de "lesiones", pidieron que la pena sea de 10 años, el mínimo legal para este delito.
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