A una semana del aniversario número 13 de la desaparición de Julio López, el represor Miguel Etchecolatz recibió hoy una nueva negativa a su intento de recibir el beneficio de la prisión domiciliaria, ya que la Justicia rechazó por unanimidad un planteo en ese sentido.
La decisión fue tomada por la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal en el marco de la causa Puente 12, en la que el ex director de Investigaciones de la Policía de la Provincia de Buenos Aires recibió su cuarta condena a cadena perpetua por crímenes de lesa humanidad.
Tenés que leerRevocaron la prisión domiciliara con la que habían beneficiado a EtchecolatzA falta de seis días para que se cumplan 13 años de la desaparición de Julio López, testigo clave en una de las causas contra el represor, los magistrados Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Javier Carbajo coincidieron en el rechazo a la presentación de Etchecolatz, de 90 años.
En su voto, al que adhirieron sus pares, Carbajo desestimó los planteos respecto a las supuestas afecciones de salud que le provocaría el encierro en el Complejo Penitenciario Federal de Ezeiza, que había alegado la defensa del represor.
Tenés que leerLa Corte Suprema revocó la prisión domiciliaria a Etchecolatz"Las dolencias que padece el interno Miguel Osvaldo Etchecolatz pueden ser tratadas en la unidad penitenciaria en la que se encuentra, tal como lo señalan los magistrados del tribunal, puesto que los cambios en su salud fueron propios del paso del tiempo y no obedecieron a una inadecuada atención médica intramuros o al encierro carcelario", manifestó.
En ese sentido, destacó que "en consecuencia, su situación no encuadra dentro de los supuestos legales que tornan viable el arresto domiciliario" y consideró "necesario evocar que el acceso al beneficio de arresto domiciliario se presenta como la solución más aceptable para aquellos casos en los que el encarcelamiento trae aparejado un desmedro que va más allá de sus restricciones inherentes al encierro".
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El represor recibió la última condena a cadena perpetua en octubre de 2018 por los delitos de lesa humanidad cometidos contra 150 personas en el Centro Clandestino de Detención de Puente 12 entre noviembre de 1974 y febrero de 1977 y en la Comisaría de Monte Grande entre julio de 1976 y octubre de 1978.