El homicidio de un remisero de 66 años, ocurrido la madrugada de este lunes, en la zona de la terminal de colectivos de Santa Fe, no parece un hecho más de inseguridad ciudadana.
Era oriundo de Chaco, pero llevaba años radicado en Santa Fe, donde fue investigado tanto por la justicia provincial como federal.
El homicidio de un remisero de 66 años, ocurrido la madrugada de este lunes, en la zona de la terminal de colectivos de Santa Fe, no parece un hecho más de inseguridad ciudadana.
Rubén Carlos Segovia fue atacado a puñaladas por una pareja, que llevaba como pasajeros en el auto que utilizaba como "remís trucho", cuando circulaba por calle San Luis al 2800.
Sus atacantes escaparon por calle Irigoyen Freyre con dirección a avenida Rivadavia "sin llevarse elemento alguno", relató la fiscal Ana Laura Gioria, al momento de imputar el delito de homicidio criminis causae y robo calificado en grado de tentativa a un hombre de 39 años y su pareja de 38, quienes hasta este jueves permanecían detenidos.
La crónica policial indica que arriba del VW Senda gris oscuro que manejaba la víctima, se hallaron unos $ 50.000 en efectivo y tres DNI a su nombre, con distintas direcciones, uno de ellos de su ciudad de origen, en Resistencia, Chaco.
Hurgando en su pasado no tan lejano, fuentes judiciales hallaron que la víctima no era un simple trabajador del volante, sino que utilizaba el oficio para lucrar con otro negocio mucho más rentable, como lo es la venta de drogas.
Así lo documenta la única sentencia condenatoria que cumplió en la cárcel de Las Flores; y su muerte dejó inconclusa una investigación en la justicia penal provincial -en el sistema residual-, en la que se lo acusaba de graves delitos contra las personas.
El 27 de febrero de 2015, el Tribunal Oral Federal (TOF) de Santa Fe lo sentenció a 4 años de cárcel y $ 2.000 de multa por el delito de "tenencia de estupefacientes con fines de comercialización", la cual cumplió en la cárcel de Las Flores.
En aquel entonces, Segovia, que ya trabajaba como "taxista", vivía en la isla Clucellas, en el distrito Alto Verde, frente al Club Náutico Sur, según consta en el fallo condenatorio.
El hecho por el cual fue juzgado se remonta al 21 de abril de 2014, cuando fue interceptado por efectivos de la Tropa de Operaciones Especiales (TOE) luego de que cruzara un semáforo en rojo a toda velocidad, en un Peugeot 504.
Fue alcanzado en calle Monseñor Zaspe al 3900 y al momento de la requisa descubrieron que llevaba un bolso de color negro con cocaína, marihuana y 51 tubos eppendorf vacíos; tres celulares y dinero en efectivo. Además, en una riñonera llevaba tres porros, 22 tubos eppendorf con cocaína y otro teléfono.
Al día siguiente -22 de abril de 2014-, y al conocer sobre su detención, la Justicia Provincial ordenó allanar su vivienda en la zona de isla, en busca de armas de fuego, a propósito de denuncias de vecinos.
En lo que compete a la órbita federal, nuevamente se secuestró más drogas y una balanza de precisión, utilizada para su fraccionamiento. En total, se incautaron 336 gramos de marihuana y 218,22 gramos de cocaína.
Preso ejemplar
El 21 de julio de 2016 Segovia consiguió la tan ansiada "libertad condicional", basada en los positivos informes de los organismos carcelarios encargados de evaluar su conducta que fue calificada como "ejemplar"; así como las perspectivas "favorables" de reinserción social y familiar. Además, se destaca que "el nombrado no es reincidente"; "ni existe constancia de que se le haya revocado pedido anterior de libertad condicional".
Enemigos
De las pericias a los celulares secuestrados en 2014 se extrajeron frases como: "Necesito verdura", clave para referirse a la sustancia ilícita; y otra que habla a las claras sobre ciertos enemigos en el ambiente narco al que le reprochaba: "Denuncia todo lo que quiera que vos también vendías conmigo. Aparte me deshice de todo porque sabía que me iba a hacer esto. Ok?".
Aunque sin antecedentes condenatorios previos, Segovia ya había pisado las escalinatas del Tribunal Oral Federal en 2014, cuando lo sobreseyeron por la tenencia de 27,2 gramos de cocaína.
El 25 de julio de ese año, el TOF hizo lugar al cambio de calificación legal, de "tenencia simple de estupefacientes" a "tenencia para consumo personal", declarando luego la inconstitucionalidad de la norma y dejando sin efecto la causa en su contra.
Para la justicia, el del taxista era un caso de salud. Allí se habla del "inequívoco destino de consumo personal" que tenía la sustancia secuestrada, opinión apuntalada por el "informe medico efectuado por los peritos médicos del Poder Judicial de la Nación", donde "surge el carácter de consumidor de estupefacientes de su defendido". "El examen médico refiere que se trata de una persona que consume cocaína desde cinco años atrás", apuntaban.
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