Por Carlos Retamal
Se trata del ex comisario Alejandro Druetta. También fueron penadas con prisión otras 9 personas, entre ellos otro uniformado y un joven apodado “Ojitos”.
Por Carlos Retamal
El Tribunal Federal Oral N°3 de Rosario condenó este jueves 11 de marzo a la pena de 10 años de cárcel al exjefe de la policía antidrogas Alejandro Druetta y a 7 a su excompañero Juan Delmastro. Otro de los condenados fue Ignacio “Ojitos” Actis Caporale, a quien se le impuso nueve años y medio de reclusión.
Mientras, seis personas fueron condenadas en diferentes roles por tráfico y venta de drogas. Se trata de Daniel Leandro Illanes, Pablo Damián Kresta, Dante Pierani, Román Emiliano Palamedi, Carlos Edgardo Colombini y Jorge Actis Caporale; y una mujer de 31 años fue absuelta.
En las últimas semanas, el nombre de Alejandro Druetta volvió a tomar notoriedad debido a uno de los tantos sainetes que tienen como principales protagonistas al actual ministro de Seguridad, Marcelo Saín, y su antecesor, Maximiliano Pullaro. El -por ahora- último capítulo de una novela que parece interminable (y que cada vez importa menos) señaló a Druetta en una escucha telefónica de 2012, junto al por entonces diputado provincial Pullaro y al senador por el departamento General López, Lisandro Enrico.
Pero este jueves, con la lectura resolutiva de la sentencia en la sala de audiencias de los Tribunales Federales de bulevar Oroño al 900, la novedad fue otra.
El debate arrancó en noviembre del año pasado y la fiscalía sentó en el banquillo de los acusados a 11 personas. Tras menos de cinco meses de juicio, el Tribunal Federal integrado por los jueces Eugenio Martínez, Osvaldo Facciano y Roberto Vásquez, consideró a Alejandro Mario Druetta, ex jefe de inteligencia de Zona Sur de Drogas Peligrosas, como "partícipe necesario del delito de tráfico de estupefacientes, en la modalidad de comercio, doblemente agravado por haberse cometido mediante la concurrencia de tres o más personas en forma organizada y por su condición de funcionario público”. Se le impuso una pena de 10 años de prisión, una multa de $ 23 mil y la “inhabilitación absoluta e inhabilitación especial por igual tiempo al de la condena".
El otro uniformado implicado en la causa, el ex comisario Ángel “Tiburón” Delmastro, recibió idéntica calificación, pero una sanción un tanto menor: 7 años de cárcel, una multa de $ 18.000 y la inhabilitación por el tiempo que dure la condena.
Mientras que "Ojitos" Caporale, fue condenado como “organizador del delito de tráfico de estupefacientes en la modalidad de comercio, agravado por la intervención de tres o más personas en forma organizada, a la pena de 9 años y 6 meses de prisión, multa de $ 30.000 e inhabilitación absoluta por igual tiempo al de la condena”.
Las otras condenas
Leandro Illanes fue penado con 7 años, inhabilitación absoluta y multa de $ 18 mil
Sebastián Cano y Daniel Pierani fueron sentenciados a 6 años y medio, inhabilitación y multa de 15 mil pesos; al ser considerados coautores del “delito de tráfico de estupefacientes, en la modalidad de comercio agravado por la intervención de tres o más personas en forma organizada”.
Pablo Damián Kresta recibió una condena de 6 años y 3 meses y multa de 14 mil pesos más inhabilitación
Carlos Edgardo Colombini fue sentenciado a 6 años y 12 mil pesos de multa
Román Emiliano Palamedi, a 6 años y 2 meses y 13 mil pesos de multa (a éste último se le sumó parte de una condena anterior por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, por lo que deberá purgar 7 años y pagar una multa de 15 mil pesos)
Por orden del tribunal, estas seis personas permanecerán en libertad hasta que la sentencia quede firme.
Mientras que otro de los sentenciados, Jorge Actis Caporale, padre de “Ojito”, recibió una condena de 3 años de prisión de ejecución condicional y 5 mil pesos de multa y cumplir algunas reglas de conducta (mantener su domicilio real y/o informar, de forma inmediata, cualquier cambio; someterse al cuidado de la Dirección Provincial de Control y Asistencia Pos Penitenciaria -ex Patronato de Liberados-; abstenerse de usar estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas y abstenerse de relacionarse con personas vinculadas con hechos delictivos).
Por su parte, la única mujer que estaba implicada en el caso resultó absuelta.
El 18 de marzo se difundirán públicamente los argumentos del fallo.