El Litoral
Horarios, edades, venta de bebidas alcohólicas y reubicación de las disco, tópicos que se destacan de la norma vigente desde octubre de 2009.
El Litoral
En el reciente informe publicado en El Litoral, “Endurecen los controles en boliches y ahora sí los menores se quedan afuera”, se explica que a partir de cambios en el área de controlar la actividad nocturna, se busca aplicar a “raja tabla” los puntos centrales de la ordenanza n° 11.622.
La norma, promulgada en octubre de 2009, fijó horarios en el ingreso y egreso de los locales bailables y reguló la venta de alcohol dentro de los mismos.
Además, la ordenanza le dio inicio a otro punto central en lo que respecta a la nocturnidad en la ciudad de Santa Fe: el traslado de los boliches a la vera de la Ruta Nacional 168. Como se reflejó en diversas notas de El Litoral, el proceso no se dio de un día para el otro pero en la actualidad, las discos finalmente se instalaron en ese sector. Como aditivo, se preparó un espacio para carribares, denominado Salida 168, donde se establecieron los popularmente conocidos food trucks.
Qué dice la norma
Horarios: En los artículos 2 y 3, la ordenanza establece como horario de cierre las 6 am, tanto para los locales bailables, pubs y carribares. La reglamentación alcanza los días sábados, domingos y feriados. Al mismo tiempo, se puso como límite de ingreso a las 2 de la madrugada; cabe señalar que en la temporada de verano se extienden unos 30 minutos.
Venta de bebidas alcohólicas. “Queda prohibido el expendio de bebidas alcohólicas desde las 5 o una hora antes del cese de la actividad”, refleja el artículo 4.
Menores de edad: En el artículo 5° la norma es taxativa: “El ingreso será sólo para mayores de dieciocho (18) años, a excepción de las actividades que culminen los días sábados, domingos y feriados, días en que se permitirá el ingreso a partir de los diecisiete (17) años”.
Controles: En el sexto apartado, la norma estableció que “cada establecimiento habilitado deberá presentar para su control y aprobación al Departamento Ejecutivo Municipal el sistema que seguirán de implementación de controles respecto al régimen de prohibición de venta y consumo de bebidas alcohólicas a menores de 18 años dentro los locales, control de la prohibición de ingreso de menores de 17 años, roles de actuación en caso de violencia u otras contingencias, y/o cualquier otra medida que considere efectiva a fin de dejar garantizada la seguridad y salubridad de los asistentes”.