Tras casi 7 meses desde el inicio de la pandemia, el Gobierno Nacional autorizó los servicios de colectivos de media y larga distancia.
Tras casi 7 meses desde el inicio de la pandemia, el Gobierno Nacional autorizó los servicios de colectivos de media y larga distancia.
Al respecto, este viernes, el Ministerio de Transporte comunicó los protocolos que deberán cumplir.
A través de la Resolución 222/2020, que fue publicada este viernes en el Boletín Oficial, se informó que las frecuencias se ajustarán de acuerdo a la demanda de los servicios, “no pudiendo en ningún caso superar aquellas actualmente registradas para cada línea”, y que los horarios de los servicios se programarán teniendo en cuenta las tasas de ocupación de la distintas terminales de origen y destino, con el objetivo de no generar aglomeraciones de personas al momento del ascenso y descenso de las unidades.
Por otra parte, habrá limitaciones en la capacidad de ocupación:
Vehículos de categoría “Semi Cama”: podrán trasladar simultáneamente hasta TREINTA Y SIENTE (37) pasajeros.
Vehículos de categoría “Cama Ejecutivo”: podrán trasladar simultáneamente hasta VEINTISEIS (26) pasajeros.
Vehículos de categoría “Cama Suite”: podrán trasladar simultáneamente hasta DIECIOCHO (18) pasajeros.
En el transporte ferroviario interurbano de pasajeros, deberá limitarse la capacidad de ocupación al 60% por cada coche en servicio.
En el caso de grupos familiares, las empresas posibilitarán que adquieran pasajes para viajar en butacas adyacentes o de ubicación cercana, “sin perjuicio del distanciamiento social que debe mediar respecto de los restantes pasajeros del servicio”.
En tanto, para la compra o reserva de pasajes se procurará “utilizar medios de pago no presenciales". Los pasajeros deberán contar con certificado de circulación y/o exhibir el permiso desde la App Cuidar.
No obstante, se aclaró que “las empresas operadoras de servicios de transporte automotor para el turismo nacional y las permisionarias de servicios de transporte automotor de carácter público, de tráfico libre y ejecutivo podrán continuar prestando los servicios de traslado de trabajadores esenciales de actividades exceptuadas del aislamiento social, preventivo y obligatorio”.
Por otra parte, se explicó que las empresas deberán gestionar la conformidad de los gobernadores para el ingreso a cada provincia teniendo en cuenta la realidad epidemiológica que atraviese cada distrito.
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