El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional número 21, a cargo del juez Marcos Andrés Fernández, decretó la "falta de mérito" en beneficio de Cruz Ceferino Novillo Astrada (24), el polista que atropelló y mató con su camioneta 4x4 a Germán Omar Bello (36) en el barrio porteño de Retiro durante la madrugada del domingo 17 de septiembre.
En el documento en el que el juez dictó la falta de mérito para el polista, agregó que, frente al descargo del imputado y las pruebas reunidas hasta el momento, "en este estadio del proceso no existen suficientes elementos de juicio que habiliten a dar por reconstruido el evento inspeccionado jurisdiccionalmente de forma tal que resulte posible decretar su procesamiento, o bien, disponer su sobreseimiento".
Así es que "corresponde recabar y producir una serie de medidas de prueba con el objeto de ampliar el campo de conocimiento que requiere el caso para su definición".
Mirá tambiénChoque fatal en la 9 de Julio: así fue el momento del accidenteEntre ellas, en consonancia con lo manifestado por la querella y la defensa del imputado, el juez mencionó "establecer mediante peritajes de accidentología y de ingeniería vial cuál fue la mecánica del siniestro en el que se vio involucrado el imputado".
Mediante los peritajes "debería establecerse la velocidad máxima permitida de circulación en la arteria por la que se desplazaba el imputado, la velocidad en la que éste lo hacía al producirse el suceso investigado, la ubicación del cuerpo de la víctima antes y después del impacto con el vehículo y el funcionamiento de los semáforos".
Y, con respecto a los semáforos añadió que "debería precisarse si fueron observados y respetados por el imputado y la víctima".
También el juez sugirió que "podrían incorporarse los registros fílmicos correspondientes a las cámaras emplazadas en la avenida 9 de Julio -arteria por la que venía circulando Novillo Astrada al producirse el evento que se le atribuye- desde avenida Santa Fe, hasta su intersección con Arroyo".
Además, sugirió, entre otras medidas, "recabar a través de la compañía de telefonía correspondiente aquellos antecedentes que permitan reconstruir fehacientemente lo expuesto por el imputado en relación a las comunicaciones que efectuó a fin de informar sobre el siniestro en el que se vio involucrado".
Según el juez, estas medidas probatorias permitirán "establecer los alcances de la imputación que, el por entonces magistrado a cargo de esta causa -el juez Carlos Bruniard- le dirigió al imputado al momento de recibirle declaración indagatoria, en cuanto a la conducción imprudente, antirreglamentaria y con exceso de velocidad que realizó al tiempo del siniestro; circunstancias que a la fecha, no se encuentran despejadas", concluyó el magistrado en la resolución.
El hecho
El siniestro se produjo aproximadamente a las 5.20 de la madrugada del 17 de septiembre en la avenida 9 de Julio casi esquina Arroyo, cuando el vehículo que conducía Cruz Novillo Astrada embistió a un peatón. En vez de detenerse, el conductor siguió circulando.
Posteriormente, se hizo presente en dependencia policial el abogado del conductor, Rafael Cúneo Libarona, para ejercer su representación legal y luego hizo lo propio el imputado, quien entregó la camioneta Volkswagen Amarok y quedó detenido.
Mirá también"Lo mató y huyó": el reclamo de los familiares del atropellado en la 9 de Julio"El conductor venía de una reunión con amigos, frenó en el semáforo, en colorado, y cuando le da el semáforo verde arranca. El accidente se produce 20 metros después del semáforo en un lugar donde no hay senda peatonal, es decir que el peatón no estaba autorizado a cruzar pero se le cruzó repentinamente al automovilista, que se asusta, llega a la casa de la madre y vienen la madre y el padre a la comisaría y se presentan espontáneamente", dijo el abogado Cúneo Libarona, luego de que el juez a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional número 50, Carlos Manuel Bruniard, le concediera la excarcelación a Novillo Astrada.
Bruniard dispuso la "inmediata libertad" del hombre, quien había sido alojado en la Alcaidía 1 Bis de la Policía de la Ciudad; y estaba imputado por homicidio culposo.
"Contestó alrededor de 80 preguntas del tribunal, la fiscalía y la defensa" y "negó su responsabilidad en el hecho", señaló una fuente que participó del trámite, y añadió que "dieron negativos" los exámenes de alcoholemia, de estupefacientes y de orina realizados.
La excarcelación fue otorgada por el juez "bajo caución juratoria" con la obligación de "someterse al proceso y caución juratoria de no obstaculizar la investigación", entre otras cuestiones.
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