La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Reconquista resolvió en el mediodía de este jueves suspender la decisión de primera instancia de no homologar el acuerdo de pago a acreedores formulado por la concursada Vicentin.
Este jueves tuvo lugar la audiencia convocada por el Tribunal de alzada. La medida estará vigente hasta que resuelva la apelación de la firma concursada.
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Reconquista resolvió en el mediodía de este jueves suspender la decisión de primera instancia de no homologar el acuerdo de pago a acreedores formulado por la concursada Vicentin.
Con el voto de los camaristas Dalla Fontana y Sánchez, y con la abstención del del juez Román, el Tribunal cimero decidió “hacer lugar al pedido de modificación de cambio de efecto de los recursos concedidos el 20/09/23, los cuales quedan concedidos con efecto suspensivo”, hasta tanto resuelva la apelación de la firma en default.
En sus argumentos, la Cámara citó que que mediante resolución del 15 de septiembre el juez Fabián Lorenzini rechazó las impugnaciones a la propuesta concordataria de Vicentin SAIC por improcedentes, no obstante lo cual no homologó dicha propuesta y “ordenó asimismo la apertura del periodo de concurrencia o ‘cramdown’”, previsto en la ley de concursos y quiebras previsto en el art. 48 de la LCQ.
Ese decisorio fue apelado por la concursada, requerimiento acogido por los jueces de alzada en el marco de una audiencia que se sustanció en los Tribunales de Reconquista con apoderados legales de Vicentin.
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