Primer paso para sumar a Santa Fe al control de la aparatología medicinal
Fue aprobado el régimen de trazabilidad y verificación de aptitud técnica de los productos médicos activos de salud en uso. Aval del Colegio de Ingenieros Especialistas.
Primer paso para sumar a Santa Fe al control de la aparatología medicinal
La Cámara de Diputados votó por unanimidad, y giró en revisión al Senado, la adhesión de la provincia a la Ley Nacional 26906 norma que establece el régimen de trazabilidad y verificación de aptitud técnica de los productos médicos activos de salud en uso. La media sanción fue saludada por un grupo de directivos del Colegio de Ingenieros Especialistas que esperó la aprobación desde la barra del recinto.
Se trata de una iniciativa del bloque Igualdad que tuvo el dictamen de tres comisiones antes de llegar al recinto donde fue respaldada por el pleno. "Es una ley que apunta a salvar vidas y a mejorar la calidad de la atención a los pacientes santafesinos" señaló Agustina Donnet quien no dejó de mencionar que su compañero de bancada, Rubén Giustiniani, trabajó en la sanción de la norma nacional durante su etapa como senador de la Nación.
La ley nacional fue sancionada sobre finales del 2013 y son ya siete las provincias que adhirieron: La Rioja, Mendoza, Buenos Aires, Chaco, Corrientes, Tierra del Fuego y Entre Ríos. El objetivo de la norma es "establecer el régimen de trazabilidad de los productos médicos activos, la trazabilidad metrológica de los mismos, y la creación o fortalecimiento de los servicios de Tecnología Biomédica en todo el territorio nacional".
Donnet explicó que "por un lado, la trazabilidad nos permite conocer el recorrido de los medicamentos para asegurar su control desde su fabricación, distribución, hasta su venta, evitando la circulación y el consumo de medicamentos ilegítimos; por el otro, la institución de los servicios de tecnología biomédica nos permite garantizar la verificación técnica de la adecuación de las instalaciones, planta física y equipamiento, así como también las correspondientes reparaciones y mantenimiento de los productos médicos de salud en los parques tecnológicos de los efectores públicos y privados".
El Colegios de Ingenieros Especialistas planteó la necesidad de adherir a la norma nacional para abordar la problemática de la falta de habilitación y control por parte de las autoridades del equipamiento médico y el mantenimiento operativo por profesionales idóneos.
La legisladora no dudó en afirmar que "la creación de los servicios de bioingeniería en los establecimientos de salud, tanto públicos como privados, se vuelve necesario ante la creciente incorporación de tecnología relacionada a los sistemas de diagnóstico médico, tratamiento y rehabilitación de pacientes, la complejidad técnica del equipamiento médico y de sus instalaciones asociadas. También a la necesidad de dotar a los efectores de salud de los correspondientes controles profesionales sobre esos equipos e instalaciones que brinden al personal de salud y a los pacientes la certeza de su correcto funcionamiento para preservar la vida". Según Donnet, "para brindar una asistencia sanitaria adecuada, segura, y que vele por el cumplimiento de las normas vigentes, los efectores de salud deben propender a la incorporación de profesionales bioingenieros, quienes son los responsables de asegurar un funcionamiento seguro y eficaz de los equipamientos e instalaciones de diagnóstico, tratamiento, rehabilitación".
En los fundamentos del proyecto, señala que la Organización Mundial de la Salud (OMS) determinó que las políticas eficaces sobre tecnologías sanitarias combaten la desigualdad y abordan la accesibilidad, asequibilidad y disponibilidad de los dispositivos médicos, tanto innovadores como básicos, necesarios para responder a las necesidades sanitarias. Menciona que esas políticas deben abarcar las cuatro fases de los dispositivos médicos: la investigación e innovación, la reglamentación para su seguridad, la evaluación para la toma de decisiones y la gestión integral. También la OMS ha desarrollado un conjunto de documentos técnicos y de referencia, dirigidos a bioingenieros, ingenieros biomédicos, gestores sanitarios, organizaciones no gubernamentales e instituciones académicas donde se especifican las recomendaciones para la evaluación y la gestión de dispositivos médicos, aspectos que deben ser cubiertos y la calificación necesaria para los responsables por la realización de estas actividades.
En tanto, la provincia de Santa Fe, en abril 1993 incorporó a los profesionales bioingenieros al estatuto y escalafón de profesionales universitarios de la Sanidad instituido por Ley N° 9282. "Desde allí y hasta la fecha, estos profesionales han venido desempeñando funciones tanto en establecimientos públicos y privados de la provincia sin un marco regulatorio que redundaría en una mejora sustancial en los procesos tecnológicos en salud", afirmó Donnet.
El proyecto girado al Senado dispone que es el Ministerio de Salud la autoridad de aplicación y a instancias de la radical Silvia Ciancio, presidenta de la Comisión de Salud, se estableció que en diciembre de cada año, los establecimientos de salud, tanto públicos como privados, deberán comunicar al Ministerio de Salud un listado de los productos médicos activos en uso con nombre, utilidad del mismo, fecha de incorporación al establecimiento, período de garantía del fabricante, certificado de producto médico de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología (ANMAT) vigente, el certificado de habilitación de la empresa que comercializa el equipamiento y todo otro dato que se considere relevante.
Otros dos temas de salud
También la Cámara de Diputados giró al Senado otros dos proyectos de ley con media sanción referidos a salud. Uno de ellos declara al mes de mayo de cada año como "el mes del Síndrome de Willians - Beuren" en el territorio provincial y por otro, se garantiza la capacitación en Salud Mental Integral para todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
La primera iniciativa es del radical Marcelo González quien explicó que el Síndrome de Williams-Beuren es una condición genética poco común, causada por una pérdida de material genético en el cromosoma 7, y descripto por primera vez por el cardiólogo neozelandés John Williams y paralelamente por el pediatra alemán Alois Beuren. Esta condición se presenta en uno de cada 7.500 nacimientos vivos y se estima que son 6.000 los casos en la Argentina.
La capacitación en Salud Mental es autoría del justicialista Leandro Busatto y determina que las personas comprendidas en la norma realizarán la capacitación en Salud Mental integral de forma planificada, sistemática, actualizada y obligatoria. "Se entiende como capacitación en Salud Mental Integral al conjunto de actividades, tareas y programas destinados a brindar contenidos tendientes a reconocer a la salud mental como un proceso determinado por componentes históricos, socioeconómicos, culturales, biológicos y psicológicos, cuya preservación y mejoramiento implica una dinámica de construcción social vinculada a la concreción de los derechos humanos y sociales de toda persona, donde el Estado es el garante de estos derechos", reza otra artículo.