Las claves del juicio por la violación grupal en Pilar
La fiscalía y las defensas de los 10 acusados realizaron sus alegatos finales en los tribunales de Rafaela. Este miércoles darán a conocer el veredicto.
Las claves del juicio por la violación grupal en Pilar
Se realizaron los alegatos finales en el juicio a 10 hombres acusados de haber abusado en grupo a una adolescente en la casa de uno de ellos, en Pilar, en mayo de 2018. Tras más de seis horas de exposición ante los jueces Cristina Fortunato, Juan Gabriel Peralta y José Luis Estévez, estos fueron los puntos clave sobre los que la fiscalía y las defensas sostuvieron sus posturas.
La acusación
La fiscal Shirli Tomasso consideró que con las pruebas presentadas se logró probar, con el grado de certeza requerido, que los hechos ocurrieron tal cual lo sostuvo al comienzo del debate y solicitó que los 10 acusados sean condenados como coautores de “abuso sexual con acceso carnal doblemente agravado, por la participación de 2 o más personas, y por la participación de un menor de edad”.
Para Michael Nicolás Bracamonte; Adrián Marcelo Arietti; Maximiliano Javier Zoller; Patricio Suárez; Lucas Lencina; Ayrton Sergio Suviani; Gaspar Amilcar Gilli; Joaquín Ezequiel Vera y Santiago Miguel Adrian, la fiscalía pidió la aplicación de una pena de 18 años de prisión. Para Jair Damian Goró, a quien además se le endilgó un “abuso sexual simple” cometido a otra víctima, pidió 20 años tras las rejas.
Para Tomasso la declaración de la víctima fue “coherente, contundente y sostenida” en el tiempo, a todos aquellos a quienes les contó lo sucedido les brindó detalles similares, los cuales fueron expuestos en el juicio.
La adolescente contó que el 11 de mayo de 2018 se juntó a tomar un helado con dos amigas, quienes eran conocidas de los acusados y organizaron para ir a la casa de uno de ellos. Cuando arribaron, los jóvenes que tenían entre 19 y 22 años, y otro de 15 años, estaban jugando a la PlayStation, tras lo cual algunos de ellos se fueron a comprar alcohol.
Pasada la medianoche, tras haber tomado unos tragos y probado por primera vez “un porro”, la fiscal sostuvo que la adolescente de 16 años fue llevada a una de las habitaciones. Allí los acusados, “aprovechándose de su estado de indefensión, por ser menor, estar alcoholizada y ser mujer”, la desnudaron y sometieron sexualmente durante horas. “Se turnaron para hacerlo, todos ellos”, explicó la fiscal.
“La utilizaron como objeto. La víctima lloraba y les pedía que pararan”, señaló Tomasso, quien recordó que además “la quemaron con cigarrillos”. Luego, la llevaron hasta su casa. La víctima no contó nada de lo ocurrido hasta que dos meses después la madre de una amiga se enteró, y se lo contó a su mamá. Cuando le preguntaron a ella, se quebró y dijo que había sido abusada.
En esa línea, la fiscal adelantó que las defensas dirían que fue consentido y que, cuando le dijeron a la menor que existiría un video de esa noche, ella se sintió “traicionada” y los acusó. Pero esto “no tiene lógica”, ya que si hubiera sido consentido, ante la posibilidad de que haya un registro, “¿de qué le serviría mentir?”
Luego, la fiscalía hizo hincapié en el “grave daño psicológico” que sufrió la joven, en el “hostigamiento de las familias de los acusados para que cambiara su declaración”, “la humillación que sufrió en las escuela y la estigmatización en el pueblo”, del que su familia se mudó. “No podía estar sola, tenía miedo de cruzarse con alguno de ellos”, recordó la funcionaria, y cuando “uno de los acusados, Bracamonte, intentó contactarla a través de las redes sociales, le dio un ataque de pánico”.
A esto se sumó que la psicóloga señaló que la joven tiene “estrés postraumático” y que “presenta indicadores compatibles con haber sido víctima de delitos contra la integridad sexual”. “Fue un ataque bestial, en el que se apropiaron de su cuerpo”, concluyó la fiscal Tomasso.
Los alegatos de las seis defensas giraron en torno a una misma cuestión: el consentimiento. Natalia Giordano y Claudio Torres Del Sel (por Suviani, Lencina y Suárez), Juan Manuel Lovaiza (por Bracamonte y Arietti), Marcos Barceló (por Vera), Federico Scarinci (por Goró y Zoller), Valentina Alesso y Jorge Questa (por Adrian) y Alejandro Otte (por Guilli) expusieron en ese orden, y solicitaron la absolución para sus clientes.
No discutieron sobre el lugar, la fecha, ni la ocurrencia de los actos llevados a juicio, sino sobre las circunstancias en las que se dieron los mismos. Más precisamente, se refirieron al consentimiento.
Apoyándose en la versión de sus defendidos, y principalmente en lo que dijeron las dos adolescentes que la madrugada del 12 de mayo de 2018 estuvieron junto a la denunciante y los acusados, sostuvieron que lo que sucedió fue un acto sexual grupal consentido por todos los involucrados. A esto agregaron que la menor no estaba “adormecida” ni “borracha”, y que se retiró del lugar por sus propios medios.
En cuanto a la declaración de la víctima, dijeron que “no tiene corroboración externa”, ya que los únicos que declararon en forma similar a ella fueron “testigos de oídas”, mientras que quienes estuvieron en el lugar dijeron otra cosa.
Respecto la denuncia, las defensas sostuvieron que la joven dijo que había sido abusada al darse cuenta de que se había roto “el pacto de silencio”, que ante la vergüenza de que la gente se enterara de que había mantenido relaciones sexuales consentidas con los 10 hombres llevados a juicio, decidió acusarlos. A esto sumaron lo declarado por el imputado Goró, quien señaló que la joven les había dicho que no quería que sacaran fotos ni hicieran videos.
En esa línea, la mujer que alertó a la madre de la víctima sobre lo que había ocurrido, al momento de hablar con la menor, inventó que existía un video “para que la adolescente hablara”. Según las defensas, el hecho de que la mujer se hubiera enterado y la posibilidad de que existiera un registro de lo sucedido esa noche, hicieron que la chica se sintiera “traicionada” y, al verse en una situación difícil, decidiera denunciar.
Tras exponer que no hubo abuso, se refirieron a la agravante de la “participación de un menor de edad”, lo cual agrava la pena. Respecto a esto, indicaron que siquiera se presentó la partida de nacimiento del joven involucrado -que debido a que tenía 15 años no pudo ser acusado-, por lo que la misma no podría acreditarse.
Finalmente, todos solicitaron la absolución para sus clientes, así fuera por el beneficio de la duda, y, subsidiariamente, la aplicación de la pena mínima.
Veredicto
Tras los alegatos, se prevé que el tribunal de juicio de lectura a la sentencia este miércoles a las 11.30 en los tribunales de Rafaela.
Cuestionamientos
La fiscalía pidió a los jueces que se solicite al Tribunal de Ética del Colegio de Abogados que “evalúe la conducta” de los defensores durante el juicio. Ante esto, le respondieron que su accionar fue “muy respetuoso”.
“Daño irreparable”
La fiscal Tomasso acusó al defensor Barceló de haber publicado información sensible sobre la causa y la víctima en redes sociales, algo que fue “prohibido por el tribunal” y que causó “un daño irreparable” a la joven.