Los fiscales Martín Torres y Andrés Marchi solicitarán la pena de prisión perpetua para los dos hombres investigados como coautores del homicidio del suboficial de la Policía provincial Pablo Daniel Cejas cometido en 2017 en la zona norte de la ciudad de Santa Fe. Así lo manifestaron en la acusación que presentaron en los tribunales de la capital provincial.
Los imputados son un hombre de 23 años cuyas iniciales son JNA y otro de 21 años cuyas iniciales son MDB. Los funcionarios del MPA le atribuyeron a los dos investigados la coautoría del delito de homicidio doblemente calificado (por el empleo de arma de fuego y por ser perpetrado contra un integrante de las fuerzas de seguridad por su función, cargo o condición).
“El homicidio que investigamos fue cometido minutos después de las 22.30 del lunes 17 de julio de 2017 en inmediaciones de calle Neuquén al 6400”, recordaron los fiscales. “Los dos imputados actuaron de forma intencional y con el objetivo de matar a Cejas”, sostuvieron.
En el escrito presentado, Torres y Marchi relataron que “Cejas estaba discutiendo con otras personas en la vía pública. El motivo de la pelea era el homicidio de Walter Maximiliano ‘Bahiano’ Gómez”. En tal sentido, precisaron que “MDB llegó al lugar y desde atrás le disparó con un arma de fuego que impactó en el cuello de Cejas, motivo por el cual se desvaneció y cayó al piso”.
Tenés que leer"Escuché que alguien gritaba ¡No me maten!"“A pesar de que Cejas estaba caído e inconsciente, MDB continuó disparándole varias veces más. Mientras tanto, JNA le quitaba el arma reglamentaria que portaba por ser policía, con la cual también le disparó en reiteradas oportunidades”, detallaron. “Cejas sufrió lesiones en distintas partes del cuerpo, las que provocaron su muerte en el mismo lugar en el que se produjo el ataque”, explicaron los fiscales.
Torres y Marchi agregaron que “luego de haberle dado muerte a Cejas, e invocando su condición de policía, realizaron actos vejatorios sobre el cadáver del hombre ya sin vida”.
“Luego de un sinnúmero de tareas de inteligencia, el 31 de julio de 2017 se libraron sendas órdenes de detención de los dos imputados”, informaron los fiscales. “En virtud de las tareas investigativas desarrolladas por personal del área Homicidios de la Policía de Investigaciones (PDI), se llevaron a cabo diversos allanamientos en el marco de los cuales se logró la detención de los dos hombres”, agregaron.
Los funcionarios del MPA precisaron que el 15 y el 17 de agosto de 2017 se realizaron las correspondientes audiencias imputativas de los dos hombres. Por su parte, el 17 y el 22 de agosto de 2017 fueron las respectivas audiencias de medidas cautelares en las que se ordenó la prisión preventiva de ambos.
“A solicitud de la defensa del imputado JNA, en dos oportunidades se volvió a discutir su prisión preventiva. Sin embargo, en ambas, los jueces Jorge Pegassano y Nicolás Falkenberg, respectivamente, decidieron mantener la medida cautelar impuesta”, puntualizaron los fiscales.
“Por su parte, el 20 y el 28 de mayo de este año, a pedido de la Fiscalía, se llevaron a cabo nuevas audiencias imputativas para ambos hombres investigados, respectivamente, en las que se les amplió la atribución delictiva, la cual quedó tal como se plantea en la acusación”, precisaron.
Tenés que leerPablo Cejas: ¿conflicto personal o una trampa?La realización formal de la acusación es uno de los pasos procesales de la denominada Etapa Intermedia del proceso penal santafesino. La llevan a cabo los fiscales y consiste en la presentación de un documento escrito en el que solicitan la apertura del juicio oral y público contra la o las personas imputadas.
El escrito es presentado ante el juez de la IPP y en él acompañan la fundamentación de la acusación y un detalle de las evidencias del caso. Además, se informan los datos personales del imputado, los hechos ocurridos, la calificación legal y la pena solicitada.
Luego, el juez de la IPP debe convocar a la denominada audiencia preliminar, en la que las partes (Fiscalía; Querella si la hubiere; y Defensa) discuten acerca de la acusación presentada y las evidencias que se ofrecerán en el juicio. Finalizada esta audiencia, el juez puede en caso que lo considere conducente disponer el auto de apertura a juicio, que permitirá el inicio del debate oral y público.
“En el caso de que la agravante del delito no resulte demostrada en el debate, formulamos una acusación alternativa en la que acusamos a los dos imputados como coautores del delito de homicidio calificado (por el empleo de arma de fuego)”, aclararon los fiscales. “Ante esta posibilidad, solicitamos para ambos la pena de 28 años de prisión”, añadieron.