Piden un nuevo juicio para el médico condenado por abusar de dos adolescentes
La nueva defensa de Miguel Ángel Marchisio apeló el fallo que le impuso 6 años de prisión y la inhabilitación para ejercer la medicina. Considera que durante el debate "ha existido una defensa inefectiva fundada en una estrategia inverosímil".
Archivo El Litoral / Flavio Raina Marchisio junto a su abogado defensor el día que comenzó el juicio en su contra.
Miguel Ángel Marchisio, el médico de San Jerónimo Norte condenado en abril por abusar sexualmente de dos pacientes menores de edad, apeló dicha resolución alegando un estado de "indefensión" durante el juicio. Lo hizo a través de su nuevo abogado, Ignacio Alfonso Garrone, quien asumió el cargo los días posteriores a la sentencia.
El debate oral se realizó durante la última semana de marzo de este año, a puertas cerradas, y estuvo presidido por los jueces Nicolás Falkenberg y José Luis García Troiano y el conjuez Néstor Pereyra. El 1 de abril el tribunal dio a conocer su veredicto en el que, de manera unánime, decidió condenar a Marchisio (54) a 6 años de prisión y le impuso una inhabilitación perpetua para ejercer su profesión.
La calificación legal propuesta por los fiscales Alejandro Benítez y María Celeste Minniti no fue modificada. Para los jueces el médico cometió el "abuso sexual simple" y el "abuso sexual gravemente ultrajante" atribuidos oportunamente, siendo sus víctimas adolescentes de 15 y 16 años al momento de los hechos.
Tras conocer los fundamentos del tribunal, en los que se criticó duramente al abogado que lo asistió durante el juicio (Raúl y Gómez), la nueva defensa de Marchisio apeló la condena. En concreto, se pretende que se declare la invalidez del debate y se realice un nuevo juicio.
"Estrategia inverosímil"
En el escrito de 14 páginas que el Dr. Alfonso Garrone presentó ante la se señala que "en el caso concreto ha existido una notoria y absoluta indefensión del imputado", y se detallan los motivos.
Primero, la "aplicación de una estrategia defensiva mística e inverosímil", a la que se le suma el "absoluto desconocimiento de las reglas de litigación, -que- derivó en una inoficiosa e impertinente actuación con los testigos de cargo, como asimismo en la selección de los testigos de descargo".
Como segundo punto, se refirió a "la ausencia de respeto a los Tratados Internacionales de DD.HH. en el ejercicio de la defensa -y- el excesivo uso de estereotipos de género, extremos que derivaron en una advertencia del tribunal en los fundamentos de la sentencia".
Archivo El Litoral / Flavio Raina El Dr. Ignacio Alfonso Garrone asumió la defensa del médico luego de que lo condenaran, y apeló el fallo.
El Dr. Ignacio Alfonso Garrone asumió la defensa del médico luego de que lo condenaran, y apeló el fallo.Foto: Archivo El Litoral / Flavio Raina
Defensa "mística"
Para el Dr. Alfonso Garrone la defensa "mística" que intentó realizar Ochoa y Gómez, alegando que un pastor evangélico habría inducido a las menores a denunciar falsamente al médico (amigo del cura del pueblo) y situando lo sucedido en un contexto de enfrentamiento religioso entre la iglesia católica y la evangélica, jamás tuvo correlación con lo sucedido durante el juicio.
Lo mismo respecto de la descripción peyorativa que realizó de las adolescentes, a quienes tildó de "drogadictas, alcohólicas y con graves problemas psicológicos", contrarrestando esto con la imagen de "persona moralmente intachable" que se intentó brindar de Marchisio.
"La indefensión fue absoluta al adoptar un relato inverosímil, que jamás guardó correlación con lo sucedido en el debate oral y público y que no tiene virtualidad alguna para controvertir los hechos por los cuales se lo había acusado", señaló Alfonso Garrone en la apelación. A esto agregó "la falta de ofrecimiento de pruebas esenciales para la defensa y la ignorancia de las reglas de litigación".
"El cuadro descripto se agrava con la adopción de una estrategia que vulneró los tratados internacionales de derechos humanos", ya que "a una teoría del caso inverosímil debemos sumarle una estrategia cargada de estereotipos de género, vulnerando tratados internaciones como la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer -con jerarquía constitucional- y la Convención interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer (Belem do Pará)".
El escrito concluye que "ha existido una defensa inefectiva" durante el juicio. Es decir, que la estrategia inverosímil, la falta de ofrecimiento de elementos probatorios y el ejercicio de una defensa "fundada en estereotipos y prejuicios de género" ha afectado la defensa en juicio de Marchisio "provocando su indefensión, por lo que corresponde declarar la invalidez del debate oral y público celebrado".
Otro planteo
Subsidiariamente -en caso de que se tuvieran como probados los hechos- el Dr. Alfonso Garrone cuestionó una de las calificaciones legales bajo las que se condenó a Marchisio, al considerar que el tribunal de juicio no brindó una "adecuada fundamentación" de la figura en el caso del "abuso sexual gravemente ultrajante". También se refirió a la pena, señalando que esta debería ser de 4 y no 6 años de prisión efectiva.