El gobierno nacional publicó este miércoles en el Boletín Oficial la prórroga de los programas Ahora 12 hasta fin de año y de Precios Máximos hasta el 30 de agosto.
El primero estará vigente hasta fin de año e incorpora las operaciones realizadas a través de tarjetas de crédito emitidas por entidades no financieras. El segundo tendrá vigencia hasta el 30 de agosto.
El gobierno nacional publicó este miércoles en el Boletín Oficial la prórroga de los programas Ahora 12 hasta fin de año y de Precios Máximos hasta el 30 de agosto.
En el caso del Ahora 12, la norma precisa que el programa mantendrá su vigencia para las operaciones realizadas a través de tarjetas de crédito emitidas por entidades financieras o no, y de plataformas de pago digital.
También, indica que se podrán ofrecer pagos en 3, 6, 12 y 18 cuotas, y las compras de los artículos incluidos se podrán realizar cualquier día de la semana.
El programa comprende productos de línea blanca; indumentaria; joyería y relojería; calzado y marroquinería; materiales y herramientas para la construcción; muebles; bicicletas; motos hasta un valor de $ 180.000.
También incluye al rubro turismo dentro del territorio nacional; y a colchones; libros de impresión nacional y anteojos recetados, adquiridos en ópticas, hasta $ 10.000.
La medida alcanza también a artículos de librería; juguetes y juegos de mesa; teléfonos celulares 4G; neumáticos: kit de conversión de vehículos a gas natural comprimido (GNC); repuestos para automotores y motos: Instrumentos musicales; computadoras, notebooks y tabletas; artefactos de iluminación; televisores; perfumería y pequeños electrodomésticos.
Además, incluye servicios de preparación para el deporte y gimnasios; equipamiento médico; maquinaria y herramientas; alimentos y medicamentos.
A esta lista se agregaron ahora -bajo la modalidad de 3 y 6 cuotas- las lámparas y tubos de iluminación con tecnología LED, producidas dentro o fuera del territorio nacional, cuyo destino sea residencial, comercial o industrial, y cumplan con los requisitos exigidos a los fines de su comercialización.
Por otra parte, se mantuvieron los plazos de cobro y las tasas de interés para proveedores y comercios, por las operaciones con tarjetas, que rigen para todos los plásticos, sean emitidos por una entidad financiera o no.
Los proveedores y comercios en las operaciones realizadas a través de tarjetas de crédito cobrarán en un plazo de hasta 10 días hábiles, para las ventas realizadas con la modalidad de tres cuotas, con la aplicación de una tasa máxima de descuento de 2,44%; y en seis cuotas, de hasta 4,75%.
En tanto, podrán elegir cobrar en un plazo de 60 días corridos con una tasa máxima de descuento del 7% directa o en hasta 10 días hábiles con una 9,15%, para las ventas realizadas en 12 cuotas.
Para las operaciones a 18 cuotas se podrá elegir entre cobrar a 60 días corridos con un descuento del 11,18% o hasta 10 días hábiles, con un descuento del 13,26%.
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Precios Máximos
En el caso del programa Precios Máximos, se prorroga hasta el 30 de agosto próximo la vigencia de los valores dispuestos para 304 productos básicos, que incluyen alimentos, bebidas, artículos de higiene y limpieza, de acuerdo con sus valores al 6 de marzo último.
En la norma se intima a las empresas que forman parte integrante de la cadena de producción, distribución y comercialización “a incrementar su producción hasta el máximo de su capacidad instalada, y a arbitrar las medidas conducentes para asegurar su transporte y provisión” durante el período de vigencia de la medida.
La prórroga dispuesta comprende a todos los almacenes, mercados, autoservicios, supermercados e hipermercados, a excepción de las micro, pequeñas y medianas empresas, y a los establecimientos comerciales mayoristas de venta de productos de consumo masivo que cuenten con salón de ventas.
Los comercios incluidos deben mantener los precios máximos de venta al consumidor final efectivamente informados al Sistema Electrónico de Publicidad de Precios Argentinos (SEPA).
Lo mismo rige para todos los distribuidores, productores y comercializadores de cosas muebles, obras y servicios, y prestaciones que se destinen a la producción, construcción, procesamiento, comercialización, sanidad, alimentación, vestimenta, higiene, vivienda, deporte, cultura, transporte y logística, y esparcimiento.
En este caso, deben mantener los precios que estaban vigentes al 6 de marzo último para venta a consumidores, hipermercados, supermercados, almacenes, mercados, autoservicios, mini mercados minoristas y supermercados mayoristas.
A través del sitio web www.argentina.gob.ar/preciosmaximos los consumidores y consumidoras pueden acceder al listado de valores tope ahora prorrogados.
Comercio Interior destacó que “en razón de las necesidades sanitarias para contener y mitigar la epidemia de coronavirus, corresponde advertir que se han verificado aumentos generalizados en el precio de venta de productos tanto de alimentos para la población, así como también, de productos de higiene y cuidado personal”.
Remarcó que “dichos aumentos, por parte de empresas de diversa capacidad económica, resultan irrazonables y no se corresponden con las variaciones recientes de las estructuras de costos de producción”.
Preocupa a la UIA el proyecto sobre teletrabajo
La Unión Industrial Argentina (UIA) manifestó su “preocupación” por el proyecto de ley para regular el teletrabajo y pidió que se apliquen modificaciones durante su tratamiento en el Senado.
La semana pasada la Cámara de Diputados aprobó y giró al Senado el proyecto de ley para dotar de un marco regulatorio al teletrabajo, modalidad laboral que se masificó en los últimos meses producto del aislamiento social, preventivo y obligatorio a causa de la pandemia de coronavirus.
En ese sentido, la Junta Directiva de la entidad aseguró tener “preocupación por la normativa que, entre otros puntos, señala que la prestación laboral a distancia es voluntaria, no puede ser impuesta por el empleador y por lo tanto reversible”.
Los industriales remarcaron “la importancia de que, durante su tratamiento en el Senado de la Nación, se modifiquen aspectos del articulado que obstaculizarán la implementación de la modalidad”.
“El proyecto de ley, que cuenta con media sanción de la cámara baja, desconoce las facultades de dirección y organización del trabajo de los empleadores reconocidas en la Ley de Contrato del Trabajo”, argumentó la UIA.
Sostuvo que “las disposiciones relativas al software utilizado durante la jornada laboral, el derecho a la reversibilidad y el abordaje de los accidentes de trabajo son algunos de los ejes del actual cuerpo normativo que deberán ser analizados”.
Por otro lado, la entidad ponderó la media sanción que la Cámara de Diputados otorgó al proyecto de Ley de Economía del Conocimiento que propone la creación de un régimen de promoción para empresas asociadas a la digitalización de la información y la producción de servicios basados en el conocimiento.