Viernes 11.8.2023
/Última actualización 22:52
El Gobierno Nacional oficializó este viernes la suba del piso del Impuesto a las Ganancias a $700.000 que empieza a regir a partir de este mes. Estiman que representará un alivio fiscal para más de un millón de trabajadores. Además se incrementaron las escalas en un 35%.
A través del Decreto 414/2023 publicado en el Boletín Oficial, se estableció que solo pagarán el tributo aquellos sujetos cuyas remuneraciones sean superiores a $700.875 al mes. Asimismo, para aquellas personas que superen ese monto, “pero no exceda de $808.341 mensuales, inclusive, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) será la encargada de establecer el monto deducible adicional pertinente”.
“Para mantener el poder adquisitivo de las y los trabajadores, elevamos el piso del Impuesto a las Ganancias a partir de agosto a $700.875 pesos. Esto permite llevar alivio fiscal a 300.000 trabajadores y trabajadoras que dejaran de pagar el impuesto”, había anunciado días atrás el ministro de Economía, Sergio Massa.
Se considerará la variación del Remuneración ImponibleQué dice el decreto
Según explicaron desde la cartera conducida por el precandidato a presidente, se considerará la variación del Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) entre octubre de 2022 y febrero de 2023, que fue de 25,29%, y el aumento de este índice en un 38,45% durante marzo, abril, mayo y junio. Esta es la tercera vez en el año que aumenta el mínimo no imponible, ya que en enero dejaron de pagar las remuneraciones brutas mensuales que no superan los $ 404.062; luego en mayo se subió a $ 506.230 y ahora vuelve a incrementarse hasta los $ 700.875.
Se adiciona al “piso” exento del impuesto el 38,45% de incremento de RIPTE. En consecuencia, no corresponderá retención alguna del Impuesto a las Ganancias cuando la remuneración bruta no supere los $700.875 al mes. Si la remuneración bruta del mes está en el rango de $700.875 y $808.101, se computará una deducción especial incrementada.
Esta misma madrugada, mediante el Decreto 415/2023, el Gobierno encomendó a la AFIP incrementar en un 35% los importes de las escala progresivas y se aplicará en forma retroactiva a enero de este año. Lo retenido de más de enero a julio se devuelve al empleado en dos cuotas mensuales, con los salarios de agosto y septiembre próximos.
Alivio fiscal para más de un millón de trabajadores.“La suma que resulte de comparar el importe efectivamente retenido hasta la fecha de entrada en vigencia de este decreto con el que hubiera correspondido retener considerando la reducción de la base a la que se refiere el párrafo anterior, en su caso, se restituirá de acuerdo con las modalidades y plazos que establezca esta Administración Federal”, se precisó en el decreto que lleva las firmas del presidente Alberto Fernández, del jefe de Gabinete Agustín Rossi, y de Massa.
“Para sostener una mejor progresividad del Impuesto, incrementamos las escalas en un 35% retroactivo a enero de este año, reduciéndolo a 715.000 personas”, había anunciado el ministro de Economía. De esta forma más de un millón de trabajadores se verán beneficiados por este alivio fiscal dispuesto a través de los dos decretos publicados este viernes en el Boletín Oficial.
En cuanto a la distribución de los beneficiarios, en Economía calculan: 435.502 corresponden a la provincia de Buenos Aires, 146.541 a la Capital Federal, 82.463 a la provincia de Córdoba, 78.395 a la de Santa Fe, 36.448 a Mendoza, 25.778 a Entre Ríos, 24.099 a Tucumán, 21.496 a Neuquén, 19.808 a Chubut, 17.793 a Río Negro, 13.862 a Misiones, 12.372 a La Pampa, 12.423 a Salta, 12.176 a Corrientes, 12.126 a San Juan, 10.617 a San Luis, 9.204 a Jujuy, 8.443 a Formosa, 8.257 a Chaco, 7.443 a Santiago del Estero, 7.364 a Catamarca, 6.341 a Santa Cruz, y 6.047 a La Rioja.
“Mientras seguimos trabajando en la mejora del ingreso, del poder adquisitivo y de la calidad de vida de la gente, este tipo de medidas son claves para llevarles alivio fiscal y que el impuesto no afecte los aumentos salariales”, remarcó el ministro.