Jueves 2.7.2020
/Última actualización 22:00
A días de un nuevo aniversario del atentado terrorista que segó 85 vidas y que aún sigue impune, la Cámara Federal porteña firmó una dura resolución en el expediente judicial: le ordenó al juez Rodolfo Canicoba Corral que haga un lado las pistas y desvíos respecto al encubrimiento del ataque y se concentre en perseguir a sus autores, ciudadanos y funcionarios iraníes integrantes de la organización Hezbollah. Los camaristas le marcaron el camino al magistrado y le exigieron imprimir velocidad en la respuesta a decenas de medidas solicitadas por la fiscalía. El contundente fallo es también una reivindicación al trabajo del fallecido fiscal Alberto Nisman, y un indirecto respaldo a las sospechas que lo alentaron a denunciar a Cristina Kirchner por la supuesta complicidad para ayudar a los iraníes con el Memorándum de Entendimiento.
La sentencia de la sala I de la Cámara Federal, integrada por los jueces Mariano Llorens y Martín Irurzun, se dio en el marco de esas escenas insólitas que sólo son posibles gracias a la burocracia judicial argentina: según el Código Procesal, transcurridos determinados plazos los jueces federales deben pedir a la Cámara correspondiente una prórroga del lapso para mantener abierta a instrucción de una causa. En el caso AMIA, el reloj de arena nos recuerda que ya pasaron 26 años.
Canicoba elevó su pedido de rutina, justificado en la necesidad de explorar distintas medidas que le había propuesto el fiscal Sebastián Basso, esperar respuestas de exhortos internacionales y otros pasos administrativos. Al mismo tiempo, el defensor oficial de 30 de los acusados -incluidos todos los iraníes-, Hernán Diego Silva, pidió a la Cámara que declare prescripta la causa, por haber superado el "plazo razonable" para hacer justicia.
Esta solicitud fue rápidamente rechazada. El 9 de noviembre de 2006, el atentado a la sede de la AMIA fue declarado un crimen de lesa humanidad y por lo tanto es imprescriptible. Pero además, el juez Llorens recuerda que el tiempo transcurrido se debió a la "enorme complejidad" del caso, y "en particular por las marchas y contramarchas que el proceso atravesó desde su orígenes, con las consecuentes interferencias y secuelas que ello dejó para el trámite de la causa principal, y que se tradujo en una dilación de varios años en el cauce de la investigación".
Llorens, autor del voto al que luego adhirió Irurzun, apuntó entonces hacia Canicoba Corral. "No puede dejar de señalarse que más allá de los esfuerzos por parte del Ministerio Público Fiscal, resulta de extrema relevancia que las diligencias de prueba en marcha o pendientes de producción se dirijan específicamente a definir la situación procesal de cada uno de los imputados". El juez debe acelerar el paso para sobreseerlos o enviarlos a juicio oral, y canalizar todo su empeño "sólo hacia las líneas de investigación que sean susceptibles de lograr un avance real y concreto en el esclarecimiento del atentado terrorista más grave en la historia de nuestro país".
"Pese a la profusa desplegada hasta el momento por la Unidad Fiscal interviniente -continúa Llorens- deviene imperioso continuar extremando los esfuerzos dirigidos a determinar los datos completos de aquellos imputados cuyas referencias deban ser incorporadas a las fichas de Interpol -en especial respecto a Ahmad Vahidi- así como la solicitada en torno a los imputados Velayati y Solemanpour, con el objetivo de lograr sus detenciones provisorias con fines de extradición".
Los camaristas dan más ordenes a Canicoba, cada vez más precisas. Le exigen "redoblar los esfuerzos" para establecer los movimientos de los imputados, le recuerdan "la urgencia" de pedir las respuestas pendientes respecto a distintos pedidos formulados a Paraguay, Brasil, Irán, El Líbano, Estados Unidos e Israel, uno de los cuales -dirigido a Teherán- fue formulado en 2007. Hace trece años.
También le sugieren al juez y el fiscal que gestionen y analicen toda la información secreta desclasificada por sucesivos decretos presidenciales, que "posibilitarían, por un lado, la determinación del chasis correspondiente al motor de la Trafic utilizada para la ejecución del hecho, hallada con posterioridad entre los escombros de la sede de la AMIA, y por otro, una adecuada investigación respecto de las llamadas de telefonía celular que activaron la antena que cubría el edificio de la AMIA el 18 de julio de 1994 entre las 8.30 y las 10, con el objeto de reconstruir acabadamente las circunstancias inmediatamente anteriores, concomitantes y posteriores a la concreción del atentado vinculadas puntualmente a un eventual arrepentimiento de quien perdiera la vida como parte integrante de la ejecución del hecho, en carácter de inmolado, y la posible existencia de un operativo de vigilancia destinado a comunicar a un superior la consumación del atentado". Suena increíble: ¿nada de esto se hizo en más de dos décadas?
Llorens e Irurzun le marcan el camino a Canicoba para que trate de individualizar a los integrantes de Hezbollah que participaron de todas esas fases del operativo, le dicen que "resulta fundamental insistir en todas las diligencias" relativas a decenas de pedidos de la fiscalía en legajos conexos al expediente, a los cuales "se impone imprimir celeridad y continuidad".
Los jueces pone especial énfasis en el legajo 399 correspondiente al terrorista Samuel Salman El Reda, "sindicado como el coordinador de la fase final del operativo". Le recuerdan al juez que esa pieza clave del caso no es funcionario de Irán ni de ningún otro Estado, por lo que si se confirma que está en El Líbano deberían utilizarse las sanciones que la ONU prevé a los protectores del terrorismo, para que Salman El Reda sea extraditado a la Argentina.
El Reda es clave para desentrañar los movimientos de Hezbollah en la Triple Frontera, adonde él viajó desde Buenos Aires varias veces antes del atentado.
Por si no quedaba claro, la Cámara le exigió a Canicoba Corral y le encomendó al fiscal Basso que "redoblen y encaucen todos sus esfuerzos únicamente en aquellos legajos que reúnan la información pertinente" a dilucidar "el suceso central de este proceso, con prescindencia de aquellos que ya han evidenciado, a lo largo de los años, una clara dilación". La prórroga concedida al juez es de sólo seis meses. Luego, el tribunal volverá a evaluar los avances en la causa.
La rotunda resolución de la Cámara fue firmada el 25 de junio, aunque permaneció sin difusión hasta ahora. Además de dejar en una al menos incómoda posición al juez de la causa, resulta una reivindicación del trabajo del antecesor de Basso en la fiscalía, el malogrado fiscal Alberto Nisman, y un revés para los defensores de las "hipótesis alternativas" de investigación, como la llamada "pista siria". También da sustento a las sospechas que llevaron a Nisman a denunciar un supuesto encubrimiento del atentado a través del incomprensible acuerdo con Irán, firmado por Cristina en 2013.
Con información de Clarín