Un hombre de 35 años fue condenado a 8 años de prisión por haber abusado sexualmente de una sobrina menor de edad en una vivienda de Arroyo Leyes (departamento La Capital).
Impusieron 8 años de prisión al hombre mediante un juicio abreviado en el que reconoció haber sometido sexualmente a la niña.
Un hombre de 35 años fue condenado a 8 años de prisión por haber abusado sexualmente de una sobrina menor de edad en una vivienda de Arroyo Leyes (departamento La Capital).
La sentencia fue dispuesta por la jueza Celeste Minniti, en el marco de un juicio de procedimientos abreviados que se desarrolló en la capital provincial.
La fiscal que estuvo a cargo de la investigación es Alejandra Del Río Ayala. Por su parte, la fiscal Milagros Parodi representó al MPA en la audiencia en la que se impuso la condena.
Las iniciales del condenado son J.C.M. Su identidad no se brinda para evitar la revictimización de la víctima, quien tiene el mismo apellido que él.
La fiscal Parodi informó que “las agresiones sexuales investigadas fueron cometidas de manera reiterada y en un número indeterminado de veces durante el año 2020 en una casa del entorno familiar en la que vivía el condenado junto con su madre”.
En tal sentido, agregó que “la víctima y su hermana quedaban al cuidado de su abuela y del hombre condenado mientras sus padres trabajaban”.
Asimismo, manifestó que "ni bien la víctima pudo contar los padecimientos que sufrió, comenzó a recibir ayuda profesional terapeútica”, y precisó que “el año pasado, la niña manifestó lo ocurrido en la escuela a la que asiste, se activaron los protocolos correspondientes y, finalmente, los padres realizaron la denuncia que permitió iniciar la investigación penal”.
"Los abusos tuvieron entidad suficiente para afectar el libre y progresivo desarrollo sexual de la niña, quien iba a la escuela primaria en la época en la que fue sometida a las situaciones abusivas", argumentó la funcionaria.
J.C.M. fue condenado como autor del delito de “abuso sexual gravemente ultrajante calificado por la guarda y por la convivencia”.
El condenado admitió expresamente su responsabilidad penal y, junto con su abogada defensora, aceptó la atribución delictiva, la pena impuesta y la decisión de abreviar los procedimientos del juicio.