En el marco del juicio oral que se lleva a cabo por la muerte de Micaela Bordino (24), el Tribunal pluripersonal integrado para el proceso juzgó que Jonatan Ariel Díaz (30) fue el autor del disparo que terminó con la vida de la mujer.
Agencia Rafaela
El fallo fue leído, en las primeras horas de esta mañana, por el presidente del cuerpo, Dr. Osvaldo Carlos, en un acto que no sobrepasó los diez minutos de duración y terminó con incidentes provocados por los familiares del condenado, quienes se hicieron presentes en gran número y se manifestaron airadamente contra la sentencia; inclusive la propia madre de Díaz sufrió un shock nervioso que demandó asistencia médica.
Un clima de gran nerviosismo predominó todo el tiempo en una sala que se vio colmada también por integrantes de agrupaciones feministas, que reaccionaron con satisfacción y de manera bulliciosa, por la decisión de los magistrados.
Los hechos que derivaron en el deceso de Bordino, comenzaron alrededor de las 11 de la mañana del domingo 1 de febrero de 2015 cuando la joven recibió un disparo de un revólver calibre 32 largo en la cabeza, en el dormitorio de su propia casa, de Zanetti 95, en barrio Sarmiento, adonde habitaba con su pareja, falleciendo en la medianoche de ese mismo día en el Hospital Cullen de Santa Fe.
En principio, la causa se había orientado hacia una muerte accidental luego de que el acusado declarara que el arma se le disparó a su mujer cuando se encontraba en el dormitorio de la vivienda, pero algunas contradicciones y las pericias realizadas, que determinaron que no se había efectuado de cerca sino desde una distancia mayor, pusieron en duda los dichos del imputado y le dieron un giro a la investigación.
Luego de doce intensas audiencias de juicio oral y público, que dio comienzo el 7 de noviembre pasado, y por el que desfilaron 49 testigos, los fiscales Guillermo Loyola y Ángela Capitanio lograron imponer sus argumentos y su pedido de pena de prisión perpetua al imputarle la autoría de homicidio calificado por el vínculo y por mediar violencia de género, agravado por el uso de arma, en concurso real con la tenencia ilegítima de arma de fuego, sin contar con la debida autorización legal.
Día de sentencia
Por su parte, la defensa del acusado rechazó lo solicitado por los representantes del Ministerio Público de la Acusación, negaron que Díaz haya sido el autor del hecho y durante el juicio intentaron demostrar que el arma se le disparó accidentalmente a la propia Bordino y que nunca hubo violencia de género ni física ni psicológica.
Finalmente, la pena fue informada hoy y el Tribunal declaró a Jonatan Ariel Díaz como “autor penalmente responsable del delito de homicidio calificado por el vínculo, por mediar violencia de género, agravado por el uso de arma de fuego, en concurso real con tenencia ilegítima de arma de fuego de uso civil”.
Una vez conocido el fallo, los fiscales manifestaron su conformidad con la condena resuelta y valoraron que los magistrados entendieron que se dieron todas las calificantes, fundamentalmente, la violencia de género.
Simultáneamente, los abogados defensores de Díaz (Raúl Domenella y Pablo Mosconi), adelantaron que apelarán la decisión y llevarán el caso, de ser necesario, hasta la Corte Suprema de Justicia de la Provincia, para demostrar la inocencia de su cliente.
Por su parte, los jueces que integraron el tribunal pluripersonal (O. Carlos y los vocales Alejandro Mognaschi y José Luis García Troiano) indicaron que los fundamentos del fallo serán informados la próxima semana.