El Litoral | area@ellitoral.com
El Concejo “reforzó” una ordenanza donde ya se prohibía en estos establecimientos la colocación de saleros en las mesas. Ahora, también estarán obligados a ofrecer sal con bajo contenido en sodio, más sana que la de mesa (cloruro de sodio).
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El Concejo apuntaló una ordenanza ya existente y redobló la apuesta en materia de consumo responsable de sal.
Ahora, los locales gastronómicos de la ciudad —restaurantes, confiterías, bares, pizzerías, venta de comidas rápidas y afines— deberán poner a disposición de sus comensales que lo requieran sal dietética con bajo contenido en sodio, que es más saludable que la común (cloruro de sodio)
La norma aprobada por unanimidad define a la sal baja en sodio como la de mezclas salinas sin aditivos aromatizantes semejantes a la sal de mesa, y no contienen una cantidad superior a 120 miligramos de sodio por 100 gramos de producto. “Los envases de sal dietética (en sobrecitos) serán puestos a consideración de los consumidores en lugares visibles. Cada unidad debe tener la capacidad de contener no más de medio gramo de sal”, dice el texto sancionado.
En octubre de 2011, el Concejo aprobó una ordenanza donde se prohibió a los establecimientos gastronómicos locales que ofrezcan a sus clientes sal en saleros sobre las mesas o cualquier otro adminículo, “y que permita el uso discrecional de sal por parte del comensal, excepto que expresamente el comensal lo requiera”. Con la nueva ordenanza, se incorpora que estos locales deberán ofrecer sal con bajo contenido en sodio.
También, ahora será obligación que los establecimientos gastronómicos incluyan en las cartas de los menúes la leyenda: “El consumo excesivo de sal es perjudicial para la salud”, la cual debe estar en un lugar suficientemente visible y en letra clara.
Hay estudios que indican que el 45,2 % de la población argentina le agrega sal a las comidas luego de su cocción, y que los argentinos consumen diariamente entre 10 y 12 gramos, lo que representa más del doble de lo aconsejado por la Organización Mundial de la Salud (OMS).
“A nivel mundial se verifica un incremento de muertes causada por enfermedades cardiovasculares y sus factores de riesgo, en particular la hipertensión” declaró Carlos Pereira (UCR-Cambiemos), que impulsó la iniciativa. “Y una de las causas de la presión arterial elevada es la alimentación no saludable, donde se incluyen los alimentos con alto contenido de sodio o sal”.
Un aporte más
Pereira consideró que si bien la ordenanza (aprobada en 2011) ha traído “un cambio importante” en los hábitos alimenticios de los santafesinos, “aún podemos realizar un aporte más. El objetivo de reducir la cantidad de sal en los menúes que se ofrecen en los locales gastronómicos pretende lograrse a través de la inclusión de una leyenda alertando sobre los efectos del consumo excesivo (de sal). Se pondrá a disposición de los comensales sal de bajo contenido sódico en pequeñas fracciones”.
Los incumplimientos (por parte de los locales gastronómicos) a las obligaciones que establece la norma quedarán sujetos a las sanciones tipificadas en el artículo 42 del Régimen de Infracciones y Penalidades. Allí se especifican multas para los establecimientos infractores e incluso clausura de hasta 60 días, o inhabilitación de hasta 120 días.
Hay estudios que indican que el 45,2 % de la población argentina le agrega sal a las comidas luego de su cocción, y que los argentinos consumen diariamente entre 10 y 12 gramos, lo que representa más del doble de lo aconsejado por la OMS.