Martes 18.4.2023
/Última actualización 19:42
El dólar blue alcanzó este martes un nuevo récord nominal y cerró en promedio a $418 en la punta vendedora, en una rueda con mucha volatilidad, y los tipos de cambio financieros atravesaron la barrera de los $400 y alcanzaron también nuevos máximos históricos.
Los cierres en las cuevas porteñas oscilaron entre los $418 y los $420, en una rueda marcada por la alta volatilidad de las cotizaciones, en la que muchas muchos operadores marginales del centro porteño dejaron de comercializar la divisa.
El dólar paralelo subió $18 en las dos últimas jornadas y opera a $416 en la compra y $418 en la venta, con una brecha con el oficial que se ubica en el 93,6%. Las operaciones se abrieron con el dólar a $418, hasta alcanzar al récord nominal intradiario de $422, y sobre el cierre se estabilizó en torno a los $420.
En lo que va del año el blue acumula una suba de $72, tras cerrar el 2022 en $346, y en algunas provincias se superó la cotización de $425.
El Banco Central (BCRA) pareció no querer convalidar el alza de las distintas cotizaciones y terminó la rueda con compras por US$ 1 millón en el mercado, cuando en los dos anteriores había comprado más de US$ 150 millones.
Los dólares financieros en la bolsa porteña superaron el techo de los $400 y alcanzaron nuevos récords nominales. El MEP o dólar Bolsa, operado con el bono GD30, operó a $411, y la brecha con el oficial se ubica en 88,2%.
Sube otro peldaño el "blue". El dólar contado con liquidación, operado con el mismo bono, alcanzó los $424, un nuevo máximo nominal, y la brecha con el oficial se ubica en 93,9%.
El dólar turista o tarjeta aumentó 54 centavos y se ofreció a $391,48, mientras el Qatar, para consumos en el exterior con tarjetas de débito y crédito superiores a US$ 300 mensuales por persona, avanzó hasta los $447.
El ahorro o dólar solidario, que incluye la carga impositiva se vendió a $369 y el mayorista, que regula directamente el BCRA, se apreció hasta los $216,90, cincuenta y seis centavos arriba del cierre anterior.
"Dólar agro"
La Secretaría de Comercio estableció los términos de los acuerdos de precios a suscribirse con los comercializadores o proveedores de mercaderías que pretendan adherirse al Programa de Incremento Exportador para economías regionales.
El objetivo es "garantizar el acceso por parte de los consumidores a diversos productos a un precio razonable", según la Resolución 466/2023 publicada este martes en el Boletín Oficial.
A los fines de manifestar su voluntad de adherir al Programa, los sujetos deberán dar de alta en el Administrador de Relaciones de la AFIP Sistema Interactivo del Portal de Autogestión del Ministerio de Economía, dentro del servicio de la Secretaría de Comercio.
Con posterioridad deberán también informar o acompañar lo requerido a través del Portal de Autogestión sobre Acuerdo de Precios de Comercio, de acuerdo con lo dispuesto. La información cargada sobre Acuerdo de Precios revestirá el carácter de declaración jurada, mientras que la Subsecretaría de Políticas para el Mercado Interno analizará si el sujeto en cuestión cumple con los requisitos que establece la normativa que le resulte aplicable para suscribir los acuerdos de precios en los términos regulados por la nueva Resolución.
Se conocieron más detalles del plan "dólar agro". Esa Subsecretaría informará la categoría de exportador en que se encuentra comprendida la empresa en función de los siguientes parámetros:
-- Categoría A: Comprende a los sujetos cuya facturación total de exportaciones no exceda el 30% de su facturación total, considerando el plazo de 18 meses inmediatos anteriores a la entrada en vigencia del Decreto N° 194 del 9 de abril de 2023, cuyas Declaraciones Juradas del IVA resulten exigibles al 9 de abril de 2023.
-- Categoría B: comprende a los sujetos cuya facturación total de exportaciones quedare comprendida entre el 30% y el 50% de su facturación total, con el mismo plazo que la categoría anterior.
-- Categoría C: comprende a los sujetos cuya facturación total de exportaciones quedare comprendida entre el 50% y 70% de su facturación total.
-- Categoría D: sujetos cuya facturación total de exportaciones quedare comprendida entre el 70% de su facturación total.
Entre otros requisitos, la Secretaría de Comercio que los comercializadores que adhieran al Programa de Incremento Exportador deberán utilizar la señalética del Programa "Precios Justos".