Miércoles 19.2.2020
/Última actualización 18:41
Mediante una resolución firmada por Marcelo Sain, el Ministerio de Seguridad estableció un nuevo “Protocolo para el uso Racional, Progresivo y Proporcional de la fuerza” dentro de la institución policial. La disposición administrativa regula las técnicas de intervención de los efectivos, incluido el uso de armas de mayor y menor nivel de letalidad; y dispone la capacitación del personal para “optimizar sus habilidades” a fin de que puedan proceder correctamente en los conflictos. Se propone aumentar la “precisión y racionalidad” de las intervenciones “priorizando la vida por sobre cualquier valor”.
Consultado al respecto, el secretario de Seguridad de la provincia, Germán Montenegro, consideró que este protocolo “sintetiza un conjunto de resoluciones y normas de menor jerarquía, y permite la incorporación de armas de letalidad atenuada, cosa que hasta aquí no estaba previsto”. Asimismo, “incluye estudios sistemáticos y permanentes de cómo el personal emplea ese armamento o las armas no letales”. El funcionario explicó que se prevé “una evaluación anual de riesgo, que permita observar la manera en que esos dispositivos están siendo utilizados, a fin de poder corregir las malas prácticas”. En resumen, sostuvo que “se trata de establecer un mecanismo institucional que nos permita ver cómo se usa el armamento, cuáles son los problemas que tiene el personal para su uso; y a partir del conocimiento detallado de esa evaluación anual, establecer programas de entrenamiento y reentrenamiento que nos ayuden a contar con una policía mucho más capacitada tanto en el uso de armas de fuego como en el de las de letalidad atenuada”.
Respecto de si la posibilidad de incorporar armas de letalidad atenuada habilita el uso de las controvertidas pistolas Taser (arma de electrochoque), Montenegro admitió que sí, pero aclaró de manera inmediata que la actual gestión no las considera adecuadas. “Se podrían incorporar -confirmó-, pero nosotros no estamos de acuerdo con la Taser; ésa es una arma no letal muy discutida. De todos modos, la oferta de armas de letalidad atenuada es muy variada; hay otros equipamientos que están disponibles y cuya incorporación vamos a considerar, a partir de las necesidades específicas de la policía de Santa Fe. Estamos explorando la incorporación de otras armas”, reveló.
En cuanto a la reciente disposición -también polémica- del Jefe de Policía, Víctor Sarnaglia, autorizando a los agentes a contar con cartucho en la recámara, Montenegro aclaró que el Protocolo “no hace referencia” a esa resolución. “El Protocolo -dijo- fija en su parte normativa los criterios que deben tener los policías para usar el armamento. Trata de garantizar racionaldiad y legalidad. No avanza sobre esa cuesitón específica, que es objeto de una resolución menor”.
Finalmente, Montenegro planteó que la pretensión de la normativa es avanzar hacia un uso más eficiente de las armas, y evitar nuevos casos de gatillo fácil.
“Trata de reducir esos casos. Está pensado para fijar normas a nivel ministerial, incorporando normas de organismos internacionales y Naciones Unidas, y documentos nacionales con criterio de seguridad. Eso por un lado. Por el otro, queremos encauzar el empleo de las armas con un diagnóstico de cómo el personal las emplea, los problemas que se generan y el déficit que se pueda detectar. Sobre esa basae, se plantea un reentrenamiento del personal. Apuntamos -insistió- a hacer un uso más eficiente de las armas letales y de fuego, y a limitar la posibilidad de daños a terceros y a los propios efectivos”, concluyó.
El protocolo crea tres instancias permanentes para formar y actualizar al personal policial en el manejo de las armas. Por un lado, un Programa de Seguimiento del Uso Racional, Progresivo y Proporcional de la Fuerza; por el otro, la Evaluación Anual de Amenazas y Riesgos, y finalmente, el Programa de Reentrenamiento en el Uso Racional, Progresivo y Proporcional de la Fuerza.
Hasta aquí, la policía contaba con manuales de instrucción y resoluciones fragmentadas acerca de cómo se debía proceder en cada intervención.
Con riesgo de vida inferior
En los considerandos de la resolución, se planta que el uso racional y progresivo de las fuerzas involucra “el uso de técnicas defensivas no letales; fuerza letal o de armas de fuego; armas y equipos neutralizantes de letalidad atenuada y otros medios de intervención policial, autorizados por el Ministerio de Seguridad, y jurídicamente homologados”. Se entiende por dispositivos de letalidad atenuada a “aquellos que permiten incapacitar a una persona, a partir del uso de dispositivos.
técnicos con probabilidad de riesgo para la vida inferior al que producen las armas de fuego o letales”. Dentro de ese conjunto se integran las denominadas armas incapacitantes, armas de baja letalidad, armas de efecto letal reducido, armas intermedias y armas de letalidad reducida, dependiendo de la doctrina de la que se trate.
El caso Chocobar es el claro ejemplo de lo que no debe hacer un policía. No se le puede pegar un tiro por la espalda a una persona que ya cometió el delito. El uso de la fuerza debe ser proporcional”. Germán Montenegro, secretario de Seguridad.