El cóndor andino, fue declarado Monumento Natural Provincial mediante una ley aprobada por la Legislatura de Jujuy, que dispone también la creación de un programa de protección y conservación.
El "vultur gryphus" se encuentra amenazado y su población disminuye día a día. Por eso, se creará un "Programa Provincial de Protección y Conservación” cuyo objetivo será la protección, conservación y crecimiento poblacional de la especie en su hábitat natural.
El cóndor andino, fue declarado Monumento Natural Provincial mediante una ley aprobada por la Legislatura de Jujuy, que dispone también la creación de un programa de protección y conservación.
La iniciativa, enviada para su aprobación por el Ejecutivo, expone como antecedente la ley nacional 22421 - de conservación de la fauna-, que declara de interés público toda la fauna silvestre que habita el territorio argentino, así como su protección, conservación, repoblación, entre otra medidas, principalmente cuando una especie silvestre autóctona se halle en peligro de extinción o en grave retroceso numérico.
En igual sentido, se menciona la Ley provincial n° 5063 General de Medio Ambiente, que establece que es deber del Estado adoptar medidas para la protección y conservación de la fauna silvestre, según expuso, como miembro informante, el diputado Omar Gutiérrez (UCR).
La relevancia del cóndor andino, cuyo nombre científico es "vultur gryphus", "no es solamente dentro del equilibrio del ecosistema, sino que además tiene una gran connotación cultural y espiritual”, ponderó Gutiérrez, quien remarcó que “hoy, al igual que otras especies, se encuentra amenazado y su población disminuye día a día”.
Por su parte, la legisladora Valeria Gómez (Fdt-PJ) expresó que “realizar concientizaciones y educar en valores y principios ambientales es primordial para nuestra sociedad, por lo que entendemos que todas estas leyes, que estamos trabajando en conjunto, son importantes para poder hablar a futuro de una cultura ambiental”.
A través de la nueva ley, se prohíbe para la captura y/o muerte por cualquier medio, acoso persecución, tenencia, traslado y/o comercialización del cóndor andino, como también el apoderamiento o destrucción de sus crías o guaridas; y cualquier manifestación en contra o aprovechamiento.
Asimismo, se prohíbe el uso de cebos tóxicos que pongan en peligro su supervivencia.
Además se avanza en la creación de un "Programa Provincial de Protección y Conservación del Cóndor Andino” cuyo objetivo será la realización de acciones, planes de manejo y estrategias necesarias para proteger, conservar y aumentar el número de ejemplares vivos de la especie en sus hábitats naturales dentro territorio provincial.