El Ministerio de Economía anunció en la Resolución 638/2023 que se brindará un apoyo económico a los trabajadores del sector avícola que sufrieron pérdidas económicas en la campaña sanitaria.
El ministerio de Economía anunció un plan de recuperación económica, para los exportadores de aves y huevos
El Ministerio de Economía anunció en la Resolución 638/2023 que se brindará un apoyo económico a los trabajadores del sector avícola que sufrieron pérdidas económicas en la campaña sanitaria.
La cartera económica resolvió que los productores avícolas podrán acceder al Programa de Asistencia Económica, por medio del cual el gobierno se comprometió a distribuir la suma de $7.450 millones de pesos. El dinero que será depositado en las cuentas bancarias de los damnificados provendrá del Fondo Incremento Exportador que fue creado en el Artículo 9 del Decreto N° 576 que fue publicado el pasado 4 de septiembre de 2022.
Los exportadores de aves y huevos fértiles y/o frescos que deseen percibir la ayuda económica del gobierno deberán cumplir con una serie de requisitos.
Las solicitudes que sean enviadas a través del sitio web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), en el apartado de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, serán puestas bajo revisión.
Entre las condiciones que los solicitantes deberán cumplir están:
- Tener registrado el establecimiento distribuidor en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA) del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) bajo alguna de las siguientes actividades productivas: Aves producción carne, Aves producción huevo, Aves recría, Aves reproducción de padres pesados o livianos, Aves reproducción abuelos pesados, Aves planta de incubación y Aves Agricultura familiar.
- Poder demostrar que fueron afectados por las medidas de sacrificio que decretó el gobierno,
-No haber obstaculizado las labores que debía cumplir el SENASA en el marco de la emergencia sanitaria,
-Haber notificado a las autoridades de forma inmediata sobre la presencia de los síntomas de la gripe aviar en los animales,
-Que los ejemplares hayan sido ingresados en la documentación sanitaria correspondiente y cumplir con el paso a paso de la inscripción.
En el decreto se establece que cualquiera que se presente para recibir el beneficio y que no cumpla con alguno de los requisitos presentados perdería la posibilidad de convertirse en uno de los beneficiarios.
Las solicitudes ya pueden ser enviadas y tendrán un plazo de tiempo para poder presentarlas de 180 días. A su vez, el documento promete que la respuesta deberá demorar hasta 15 días hábiles en ser entregada al solicitante.
Por otro lado, al momento de ingresar la petición en el sistema de la AFIP desde el usuario del productor avícola, se solicitarán las siguientes documentaciones: solicitar el programa, otorgarle la autorización al SENASA de brindar la información precisada, ofrecer una dirección de correo electrónico que será utilizada como medio de intercambio entre las partes, indicar una Clave Bancaria Uniforme (CBU) en moneda nacional a nombre del solicitante y completar el resto de los datos.