El acto de apertura de las sesiones tiene una previa curiosa, que demanda más de una reunión, Lo organiza la Cámara de Senadores, pero se hace en el recinto de la de Diputados y bajo expresas instrucciones del Poder Ejecutivo en cuanto a las condiciones de seguridad y las previsiones de ceremonial. (Siempre en el Estado, para ambas materias, prevalece el cargo de mayor jerarquía). Su formato constitucional es el de una Asamblea Legislativa, presidida por quien ejerza el cargo de vicegobernador, en el estrado que naturalmente corresponde al presidente de la Cámara de Diputados. El artículo 54 ordena a los legisladores de ambas cámaras "escuchar" el "informe anual del gobernador sobre el estado de los negocios públicos, en ocasión de abrirse el período de sesiones ordinarias".