Miércoles 31.3.2021
/Última actualización 12:22
La Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa actualizó los topes de facturación que determinan qué empresas se encuadran dentro del registro de micro, pequeñas y medianas, que entrarán en vigencia a partir de mañana, a través de la Resolución 19/2021 publicada este miércoles en el Boletín Oficial.
La misma reformó los montos máximos de facturación en todos los sectores y tramos tomando como referencia el índice de precios implícitos del Producto Bruto Interno (PBI) elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec).
La medida, que se lleva adelante una vez al año, tiene como objetivo garantizar que ninguna micro, pequeña y mediana empresa que no haya aumentado su volumen real de ventas quede fuera de los beneficios que otorga el Registro Mipyme.
Asimismo, la Sepyme destacó que “esta actualización siguió las recomendaciones de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) a partir de las cuales se equilibró también la situación en los tramos de algunos sectores cuyos topes habían quedado desfasados”.
Actualmente están inscriptas en el Registro Mipyme 1.522.407 empresas, autónomos y monotributistas, lo cual significa un crecimiento del 187% en la cantidad de registrados respecto de los números de diciembre de 2019.
La inscripción al Registro les permite a las mipymes acceder a beneficios fiscales, líneas de financiamiento con tasa subsidiada por el Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (Fondep), así como a planes de asistencia técnica y otros programas que llevan adelante el Ministerio de Desarrollo Productivo y demás organismos del Estado.
La resolución también estableció la puesta en funcionamiento a partir de mañana del nuevo Legajo Único Financiero y Económico (LUFE) cuya creación se anunció ayer.
A partir de esta decisión, junto con la inscripción en el Registro Mipyme, la Sepyme creará el LUFE de cada empresa y lo pondrá a disposición de cada una de forma gradual para su utilización.
Asimismo, las mipymes tendrán la opción de autorizar a la Secretaría a compartir la información contenida en su legajo con otros organismos públicos, bancos y entidades financieras públicas y privadas con el objetivo de reducir la carga operativa de todas sus gestiones crediticias, entre otros beneficios.
Los topes de ventas anuales que comienzan a regir a partir de mañana son para la construcción, $ 24,99 millones para las micro; $ 148,26 millones para las pequeñas; $ 827,21 millones para las medianas tramo 1; y $ 1.240,68 millones, para las del tramo 2.
En el caso de los servicios, los límites son de $ 13,19 millones para las micro; $ 79,54 millones para las pequeñas; $ 658,35 millones para las medianas tramo 1; y $ 940,22 millones para las del tramo 2.
Para el comercio, los máximos son $ 57 millones para las micro; $ 352,42 millones para las pequeñas; $ 2.588,77 millones para las medianas tramo 1; y $ 3.698,27 millones para las del tramo 2.
En industria y minería, los topes son $ 45,54 millones para las micro; $ 326,66 millones para las pequeñas; $ 2.530,47 millones para las medianas tramo 1; y $ 3.955,20 millones para las del tramo 2.
En el sector agropecuario, los límites son $ 30,77 millones para las micro; $ 116,30 millones para las pequeñas; $ 692,92 millones para las medianas tramo 1; y $ 1.099,02 millones para las del tramo 2.
En cuanto al personal ocupado, los máximos son de 12 para las micro; 45 para las pequeñas; 200 para las medianas tramo 1; y 590 las del tramo 2 en la construcción.
En tanto que son 7 para las micro; 30 para las pequeñas; 165 para las medianas tramo 1; y 535, las del tramo 2 en los servicios.
Asimismo, son 7 para las micro; 35 para las pequeñas; 125 para las medianas tramo 1 y 345 las del tramo 2 en comercio.
Además, son 15 para las micro; 60 para las pequeñas; 235 para las medianas tramo 1; y 655, las del tramo 2 en industria y minería.
Por último, son 5 para las micro; 10 para las pequeñas; 50 para las medianas tramo 1 y 215 las del tramo 2 en el sector agropecuario.